Emisora: PANAMERICANA 96.1
Fecha de la publicación: lunes 22 de julio de 2019
Hora: 10:55 (900 segundos)
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
Contenido
En entrevista, el analista político Carlos Bert, habló sobre la divergencia de
la Ley 1096 y la Ley 026.
LEY 1096 DE ORGANIZACIONES
POLÍTICAS
“Las primarias se rigen por la
ley de organizaciones políticas y dice que el binomio que resulte electo tiene
carácter vinculante con las elecciones generales y de cumplimiento obligatorio.
Los binomios que salieron de esas truchas primarias no pueden ser cambiados
salvo en dos casos: muerte o enfermedad y ahí, también el TSE añadió una
tercera causal, en caso de surgir que uno de los candidatos, de las primarias,
termine con un pliego de cargo ejecutoriado y le debe al Estado”
LEY 026 DEL RÉGIMEN ELECTORAL
“La ley 026 es la que regula las renuncias de
candidaturas, esa ley permite las renuncias, por lo tanto la decisión que tomo
el T.S.E de negarle la renuncia a Jaime Paz Zamora, es un abuso y se basa en la
interpretación equivocada, Jaime Paz puede renunciar, pero por el mandato por
la Ley de organización políticas no, como acabamos de señalar el PDC no lo puede
cambiar o poner otro candidato, se
quedan sin candidato a la presidencia, eso debe suceder, pero puede renunciar”.