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Medio: OPINION
Sección: 9A
Fecha de la publicación: martes 02 de julio de 2024
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones nacionales
Contenido
Pese a que la Constitución (CPE)
dice que la "participación [políti-
cal debe ser equitativa y en
igualdad de condiciones entre
hombres y mujeres" (art. 26.1) y a que el
Organo Ejecutivo del Gobierno central
está conformado por dos cargos electos:
Presidente y Vicepresidente (art. 165.1),
desde el 2009 la tendencia de las organi-
zaciones políticas ha sido a sólo
hombres para esos dos cargos. El Tribu-
nal Supremo Electoral (TSE), en su cali-
dad de garante de los derechos políticcxs
en materia electoral, tampoco lo exigió.
Como resultado, se han elegido siempre
a dos hombres hasta ahora.



