Medio: El Diario
Fecha de la publicación: domingo 31 de octubre de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
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El proyecto de ley complementario a la Ley 1.386 de “Ley
de estrategia nacional de lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas y
el financiamiento del terrorismo” que se encontraba en el Parlamento para su
tratamiento, considerado arbitrario por el pueblo, tuvo que ser “suspendido”,
pero las protestas y reclamos se refieren también a la derogación de la citada
Ley 1.386 (aún no suprimida definitivamente), que ha sido motivo de angustias,
preocupaciones y protestas de la comunidad nacional, tanto por las
arbitrariedades que contiene, como por la inoportunidad de su aplicación.
Hay que colegir que el gobierno, ante la contrariedad nacional, tuvo miedo o
albergó temores por lo que creyó tratarse de un “golpe de Estado”, extremo que
está muy lejos del pensamiento, criterios o intenciones del pueblo, ya cansado
de este tipo de acciones que hoy sirven solo como pretexto o argumento
gubernamental o político para disminuir la contundencia de los problemas que no
puede resolver. No hubo, pues, intención alguna de golpes ni otros sentimientos;
hubo, y con justa razón, rechazo y protestas airadas ante intenciones que,
estaba visto, sería imposible aplicar en Bolivia (y que en su momento fue
posible en Cuba, Nicaragua o Venezuela). El temor demostrado es un ejemplo más
de la inseguridad que tiene el gobierno para manejar los asuntos del Estado.
Pero es de convenir que, si se anulara o abrogara la medida, sería una actitud
valiente y demostraría honestidad y reconocimiento de lo que al pueblo no le
agrada, por ser contrario a sus intereses y hasta principios de dignidad que se
verían afectados, violados o intervenidos con una ley inquisitoria que da
derechos a quienes ejercen autoridad de cualquier clase. Lo que corresponde es
abrogar, anular o derogar, mediante otra ley, lo aprobado; de otro modo, solo
dejarla en suspenso es engañoso y reconocerle vigencia que cualquier
funcionario en ejercicio de una especie de “fiscalato” o un notario de fe
pública se permitiría aplicar.
Sería, pues, ponderable haber retrocedido reconociendo la inconveniencia de
leyes o disposiciones por ser medidas arbitrarias y contrarias a principios
elementales de respeto a la dignidad y derechos propietarios del pueblo, que
siempre han sido considerados legales, sagrados, respetables e inviolables que
nadie, por ninguna razón que alegue puede incumplir.
El gobierno del presidente Arce, conjuntamente el poder Legislativo, han
cometido el craso error de aprobar la ley atentatoria; pero han actuado
correctamente al enmendar su yerro, al anularla; pero, en todo caso, la experiencia
obliga a pensar, estudiar, ver conveniencias con prudencia, tino y mesura
cualquier disposición que se vaya a dictar; no se debe proceder
precipitadamente por conveniencias partidistas o personales o de cualquier
naturaleza porque puede afectar o no a la seguridad y tranquilidad de la
nación.