Medio: El Deber
Fecha de la publicación: lunes 18 de octubre de 2021
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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Una resolución de enero de 2020, en la que el Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP) avaló una ley que extendió los mandatos de
autoridades subnacionales, avaló la sucesión constitucional de la
expresidenta Jeanine Áñez, alegó su defensa y también sectores políticos, tras
el fallo de esa instancia que el viernes le quitó toda legalidad a la asunción
de la exmandataria.
Al menos una decena de hechos avalan la sucesión. El
comunicado del 12 de noviembre de 2019 que establecía que, ante un
vacío de poder la sucesión, se activaba la sucesión ipso facto (de manera
inmediata).
Luego está la resolución de enero de 2020 que
allanó la ley que alargó el mandato de la presidenta constitucional y de otras
autoridades subnacionales, además de que fue invitada por el TCP en enero de
2020 a su acto de inicio de actividades.
El 12 de noviembre de 2019 Jeanine Áñez asumió la
presidencia de la Cámara de Senadores y la del Estado. Esa acción se sustentó
en la Sentencia Constitucional 003/2001, y luego el TCP emitió el
“comunicado” que avaló ese procedimiento.
Pero ese no fue el único aval, ante la Asamblea Legislativa,
en octubre del 2020, el fiscal general del Estado, Juan Lanchipa,
emitió un informe oral de 37 puntos respecto a los conflictos
generados por el fraude electoral de 2019, a petición de la entonces diputada
Lidia Patty (MAS), que ahora es denunciante en este caso.
En esa cita, Lanchipa acreditó la declaración
constitucional 001/2020 de 15 de enero del 2020, en la que el TCP
avaló la ley que autorizó la extensión del mandato de las autoridades electas
hasta que se realicen las elecciones generales y consiguientemente, la gestión
constitucional de la presidenta de transición, tanto para los defensores de
Jeanine Áñez, como para otros actores políticos.
También validó el comunicado oficial del TCP, de
noviembre del 2019, con el que Jeanine Áñez asumió el mandato con
sucesión constitucional, reconociendo las atribuciones de ese tribunal, como
máximo intérprete de la constitucionalidad en Bolivia.
Pese a todo esto, el viernes último se conoció otro fallo
del TCP, que señala que no le correspondía la sucesión ipso facto. Sin
mencionar a Jeanine Áñez, el documento da a entender que su sucesión no fue
constitucional cuando asumió la Presidencia de Bolivia en 2019, tras la
renuncia de Evo Morales. “Toda renuncia debe ser tratada y aceptada en
el Pleno Camaral, aclarando que este reemplazo temporal no significa que el
reemplazante se invista (adjudique) el cargo de Presidente”, indica la
parte sobresaliente del fallo.
El expresidente Jorge Quiroga puntualizó que con la
declaración de enero de 2020 sobre la presidencia de Áñez, la Asamblea
aprobó la Ley 1270 que extendió el mandato de Áñez y de todo el Órgano
Legislativo.
El 20 de enero el TCP invitó a la exmandataria a
inaugurar el año judicial en Sucre, con lo que para Quiroga y los abogados
defensores de Jeanine Áñez, también avalaron la sucesión.
Por su parte, la exmandataria le envió una carta al
presidente Luis Arce, en la que sostiene que su mandato constitucional fue
reconocido por el TCP y una Ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional
(ALP). Afirmó que es presa “de la injusticia, del odio, de la
persecución política y de una ideología que suplanta los preceptos de
la legalidad con la condena anticipada, característica de los regímenes
totalitarios”.



