Medio: El Deber
Fecha de la publicación: jueves 30 de septiembre de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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El Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó una vez más el pedido de nulidad de
la sentencia 084/2017 que avaló la reelección del expresidente Evo
Morales, en 2019.
De forma opuesta, la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró el 13 de agosto,
en el fallo de la Opinión Consultiva OC-28/21, que la reelección presidencial
indefinida no es un derecho que esté protegido por la Convención
Americana.
Además, precisó
que esta figura afecta a la democracia representativa. En respuesta,
el expresidente Evo Morales pidió cerrar la OEA.
Esa consulta fue
presentada por el gobierno de Colombia el 21 de octubre de 2019, un día después
de que el entonces presidente Evo Morales se presentara como candidato
por cuarta vez consecutiva, a pesar de que la Constitución contempla la
reelección por un solo mandato consecutivo. Además, el líder del MAS desconoció
el referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando la mayoría votó por el No a la
reelección indefinida. En noviembre de 2017 fue habilitado por el Tribunal
Constitucional por considerar que se violentaba su derecho humano.
El martes, el TCP emitió una nueva resolución que rechaza
la nulidad de la sentencia
084/2017 interpuesta por un grupo de abogados constitucionalistas en 2019.
Lo hizo respondiendo
a un recurso de queja planteado por el abogado Arturo Yáñez, que objetaba un
auto constitucional por el que el TCP rechazó la legitimidad de los
accionantes para pedir la nulidad de esta sentencia que viabilizó la
repostulación de Evo Morales.
Tras la renuncia y
salida del país del expresidente en 2019, Yáñez y un grupo de abogados
plantearon un recurso de nulidad de la sentencia que fue rechazada.
Yáñez planteó un recurso de queja en contra esa sentencia
y ahora el TCP emitió otro
auto constitucional confirmando el fallo que rechaza el pedido de nulidad del
fallo de la reelección.
El TCP,
posteriormente, notificó a las partes esa decisión en las últimas horas. La OEA
abre la posibilidad de acciones penales internacionales por este hecho.