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Medio: La Patria
Fecha de la publicación: miércoles 29 de septiembre de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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La demanda de nulidad que presentaron juristas contra la sentencia 084/2017, la cual avala la reelección indefinida como un derecho humano en Bolivia, nuevamente fue rechazada por el pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Uno de los accionantes, William Bascopé, informó al respecto, señalando que la ratificación fue puesta en su conocimiento recién esta jornada y que el documento tiene fecha de 1 de septiembre.
La petición de nulidad contra la sentencia 084/2017 fue presentada en 2019. La Comisión de Admisión rechazó la misma bajo argumento de que los juristas accionantes no estaban legitimados para formar parte del proceso y luego de una impugnación, el pleno del TCP ratificó esa decisión.
“El Tribunal Constitucional en pleno ha tratado y se ha mantenido con lo que ha dicho la Comisión de Admisión, es decir que no estamos habilitados nosotros para esta solicitud, que no somos parte de esta Acción de Inconstitucionalidad y, por lo cual, confirman su decisión de no dar curso nuestra petición”, señaló Bascopé en contacto con la red Erbol.
Recalcó que con esa decisión “obviamente” la sentencia constitucional 084 sigue vigente.
No se toma en cuenta el dictamen de la Corte-IDH
Resaltó que con esa decisión, “se pasa por alto” el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el cual determinó que la reelección indefinida no es derecho humano.
“Entonces yo creo que el Tribunal Constitucional está tomando una postura atentatoria contra la misma Constitución”, afirmó.
El jurista subrayó que el Tribunal Constitucional, “si es guardián de la Constitución, ya debería haber modulado” la sentencia 084 de acuerdo con el dictamen de la Corte IDH.
Explicó que el TCP tenía la oportunidad con esta demanda de nulidad de modular la sentencia 084/2017, pero lamentó su desestimación.
Demanda
La demanda fue presentada por varios juristas y académicos, entre ellos, Roger Gilberto Cortez, Juan del Granado, José Antonio Santibáñez, William Bascopé, William Herrera, Rubén Darío Cuéllar, Arturo Yáñez, Manuel Añez y Rafael Humberto Subieta.
El argumento del TCP para rechazar la demanda de nulidad fue que los juristas no forman parte del proceso, iniciado por diputados del Movimiento Al Socialismo (MAS) que derivó en la sentencia 084/2017. Bascopé calificó de “absurdo” el criterio del Tribunal.



