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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: viernes 03 de septiembre de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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Contenido
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un segundo fallo contra el pedido de la bancada de Creemos respecto de la restitución de los dos tercios en la Asamblea Legislativa, el primer fallo se conoció el 8 de julio pasado. “Llama poderosamente la atención que ambos
rechazos tengan la misma fecha, pero su
notificación sea con dos meses de diferencia, lo que demuestra con absoluta
claridad el sometimiento absoluto del TCP al partido de Gobierno”, declaró la
senadora, Centa Rek.
En noviembre de 2020, las bancadas de Senadores y
Diputados de Creemos presentaron
dos recursos ante el TCP, cada uno contra la resolución que elimina los dos
tercios en ambas cámaras. El 1 de julio, el ente constitucional notificó a la
bancada de diputados con el rechazo a la acción de inconstitucionalidad
abstracta que había presentado la bancada opositora.
El miércoles, el TCP notificó a los senadores opositores
con su fallo, también de rechazo a
otra acción de inconstitucionalidad abstracta, contra algunos artículos del
reglamento de debates de este cuerpo legislativo, que también elimina los dos
tercios.
Los senadores de
Creemos denunciaron que ambos fallos fueron emitidos el 2 de diciembre
del pasado año, pero recién fueron comunicados en julio a Diputados y
el miércoles a Senadores; es decir que el primer fallo se conoció siete meses
después y el segundo, nueve meses más tarde, por esa razón la senadora Rek
lanzó las acusaciones contra los magistrados del TCP.
Las razones
En sus argumentos,
el TCP manifiesta, por un lado, que la acción de inconstitucionalidad
abstracta es la vía que tiene como propósito expulsar del ordenamiento
jurídico toda norma que sea incompatible con la Constitución; pero que el
reglamento de debates es una norma interna del Órgano Legislativo. La alianza
Creemos considera que la resolución 215 (Diputados) y la resolución 128
(Senadores) son incompatibles con la Constitución Política del Estado (CPE).
Por otro lado, en el
TCP indica que debió optarse por el recurso contra resoluciones del
Órgano Legislativo, siendo absolutamente contradictorio. El TCP
argumenta que el recurso contra resoluciones del Órgano Legislativo es la vía
para proteger los derechos y garantías constitucionales que hubieren sido
vulnerados, empero, el recurso presentado por Creemos se fundamentaba en que la
resolución que anulaba los dos tercios era incompatible con la Constitución
Política de Estado.



