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Medio: El Diario
Fecha de la publicación: domingo 05 de septiembre de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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En 1988 mediante artículos de prensa sugerí la creación del Consejo de la Magistratura, sin duda fui el primero en hacerlo –de lo cual distan ya 33 años— (un año después, también primicialmente propuse el establecimiento del Ombudsman o Defensor del Pueblo), hasta entonces se habían conocido algunos esquemas de reforma judicial que no ingresaron ni tocaron el tema específico del Consejo de la Magistratura. Me pareció oportuno promoverlo ante esa notoria falta y ausencia que en el extranjero contaba con recorrido. El Poder Legislativo, entonces a cargo de la designación de toda la plana mayor del Poder Judicial, era en realidad una ficción, dichas designaciones estaban en manos de los partidos políticos con representación parlamentaria. En mi criterio, debía terminar tal tutela o, mejor, obediencia a los intereses partidistas. Algunos años después la situación originó la expresión “cuoteo” pero el sistema se prolongó hasta la Constitución de 2009, deviniendo en el errático procedimiento de elección popular.
Mi sugerencia original planteaba la composición del Consejo de la Magistratura con los cinco ex magistrados más antiguos de la Corte Suprema de Justicia, dotados de la facultad de seleccionar y elegir a los distintos tribunales de jurisdicción nacional existentes (no a los jueces ordinarios), de entre los abogados mejor calificados y públicamente reconocidos. Esta suerte de gerontocracia judicial –si se quiere– tenía como mira el tratarse de profesionales plenamente realizados en sus aspiraciones, con larga trayectoria, situándose por encima de intereses y presiones para el independiente desenvolvimiento de sus funciones. De ahí que les atribuía tan importante misión que, a primera vista podría parecer desmesurada. Esta facultad de nombramiento no es advenediza, pues por ejemplo la ejercen los entes similares europeos, lo cual tiende obviamente a salvar la Justicia de la dependencia legislativa y política en orden a una verdadera autonomía judicial, de beneficiosos resultados para la sociedad.
Tampoco era una idea propia sino de un instituto de parecidas características de uso y aplicación en otros países, según lo he adelantado. No obstante mi propuesta albergaba matices importantes. En nuestro hemisferio, el Perú consignó este Consejo en la Constitución de 1979, puesta en vigencia en 1980. La Constitución de nuestro país reformada el año 1994 introdujo por primera vez el Consejo de la Judicatura, al paso que la ley 1.817 correspondiente es de 22 de diciembre de 1997.
Antes o después de Italia y Francia algunas naciones del Viejo Continente, tenían o aún no establecido el Consejo de la Magistratura, precisamente para el nombramiento de los altos magistrados de Justicia. En ellos, sólo en principio y en líneas generales el presidente del Estado intervenía o designaba a algunos pocos de los miembros o proponía la composición al Senado, el cual concedía la refrenda final si lo consideraba viable. Esta atribución senatorial fue ganando cada vez más vigor en Europa, con miras a una plena autonomía judicial. Los partidos mayoritarios en España mantienen aún alguna influencia en estas designaciones.
Al presente cuando en Bolivia circulan aires –o más bien vientos de fronda– de inclusión, he visto conveniente modificar y proponer la conformación del Consejo de la Magistratura de este modo: los tres ex presidentes más antiguos del Colegio Nacional de Abogados, (mejor si fueron ex magistrados); un representante de los colegios de abogados departamentales elegido en congreso nacional; un representante de las universidades públicas y privadas reconocidas, en consulta y coordinación. A esta composición se añadiría un representante de la sociedad civil, que bien podría recaer en la Asociación de Periodistas de Bolivia y otro de la Central Obrera Boliviana, ambos de probada independencia partidista. Este plantel sumaría siete votos, descartando el empate.
El motivo principal de la sustitución de los ex magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, cual contemplaba mi propuesta primigenia, obedece al derrumbe de la Justicia Nacional bajo el peso de la corrupción y otros vicios que conoce la ciudadanía, situación acentuada en las dos últimas décadas. En 1988 era posible contar con ex supremos probos e idóneos, de ahí mi sugerencia, tarea que ahora requeriría la lámpara de Diógenes para tratar de encontrarlos.
El autor es jurista, escritor y periodista.



