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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: domingo 15 de agosto de 2021
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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El expresidente Evo Morales, quien es líder del Movimiento
Al Socialismo (MAS), afirmó que aún no está pensando en las elecciones
nacionales de 2025 porque la definición de candidaturas con miras a ese
proceso será definida en el curso de los próximos tres años.
“Escuché a algunos derechosos decir por ahí que Evo ahora
no va a ser candidato el 2025. Ya están preocupados. Parecen ser mis jefes de
campaña desde ahora y no lo entiendo”, afirmó el líder del partido
gobernante en una entrevista con la radio Kawsachun Coca.
La explicación del exmandatario tiene que ver con la postura
de varios juristas y del expresidente Jorge Quiroga sobre las
consecuencias del fallo de la opinión consultiva que desconoció el derecho
humano de la reelección presidencial indefinida.
El dictamen, divulgado el viernes por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), también avala la
legitimidad constitucional de limitar los mandatos presidenciales en favor de
la democracia representativa.
“Es una opinión consultiva, no es una sentencia y se
magnifica ¿Por qué tanto miedo al Evo? Nosotros estamos con el mensaje de
unidad para defender al Lucho (el presidente Luis Arce) y a nuestra revolución
democrática. Esa es nuestra tarea. Yo les he dicho en las reuniones: aquí
está prohibido hablar de candidaturas; de aquí a tres años habrá un gran debate
para definir candidaturas. Es nuestro derecho” afirmó el exmandatario.
“Usted tiene derecho constitucional y convencional,
presidente Luis Arce; vicepresidente David Choquehuanca; Evo Morales ya no.
Dejen de instrumentalizar el Gobierno para los apetitos de una persona que ha
hecho mucho daño a la democracia boliviana”, afirmó Quiroga.
La solicitud de opinión consultiva fue planteada a la Corte
IDH por Colombia el 21 de octubre de 2019, luego de las elecciones nacionales
de ese año a las que Morales se postuló con el aval del Tribunal Constitucional
que declaró la aplicación “preferente” de los derechos
políticos de “elegir y ser elegido” del artículo 23 de la Convención
Americana.
El apartado legal, que no señala específicamente el término
“reelección” o “repostulación”, además del fallo de la Corte
será analizado por el Tribunal Constitucional por efecto de un recurso que
planteará el Gobierno para “compatibilizar” la nueva
jurisprudencia.
“No está llamado a hacer esa interpretación ni el Órgano
Ejecutivo ni el Parlamento. Éste es un trabajo del Tribunal
Constitucional y, en los próximos días, vamos a solicitarle que haga la
compatibilización entre la Opinión Consultiva y la sentencia 084/2017”,
informó el ministro de Justicia, Iván Lima, a EL DEBER.
Luego, en una entrevista con Kawsachun Coca, remarcó que el
fallo de la Corte IDH “es abstracta” y “no juzgó a Evo ni al país”. También
cuestionó la “orientación política” del fallo porque “por primera vez se han
reformulado las preguntas”.
El párrafo 22 del fallo hace notar que algunas preguntas de
Colombia hacían referencia a casos concretos y que no podía atender debido a
que existen demandas contenciosas sobre el tema de la reelección que pueden ser
planteadas a ese tribunal tanto de Bolivia como de Nicaragua.
“La prohibición de mandatos indefinidos busca evitar que
las personas que ejercen cargos por elección popular se perpetúen en el
ejercicio del poder. En este sentido, la Corte resalta que la democracia
representativa se caracteriza porque el pueblo ejerce el poder mediante sus
representantes establecidos por la Constitución, los cuales son elegidos en
elecciones universales. La perpetuación de una persona en el ejercicio de un
cargo público conlleva al riesgo de que el pueblo deje de ser debidamente
representado por sus elegidos, y que el sistema de gobierno se asemeje más a
una autocracia que a una democracia. Esto puede suceder incluso
existiendo elecciones periódicas y límites temporales para los mandatos”,
señala el artículo 73 del fallo.
El artículo 169 de la Constitución Política
establece la posibilidad de la reelección presidencial por dos veces continuas.
El fallo de la Corte IDH avaló esa limitación legal con la
determinación OC-28/21.
Lima insistió en que el dictamen no establece ninguna
prohibición que limite el derecho de Morales de postularse en 2025 y lamentó que
los jueces no hayan escuchado a ningún representante del MAS durante las
audiencias de la opinión consultiva que se celebraron en septiembre de 2020.



