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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: domingo 15 de agosto de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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Expertos señalan que los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que aprobaron la habilitación de Evo Morales para una reelección, los asambleístas que promovieron la consulta ante el TCP y los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), entre otros, deben ser sometidos a procesos penales por ir contra la Constitución Política del Estado (CPE) y la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Abogados constitucionalistas sostienen que los miembros del TCP que habilitaron a Morales interpretando el artículo 23 de la Convención incurrieron en diferentes delitos entre ellos: contravenciones a la CPE, usurpación de funciones y prevaricato.
“Indudablemente que si han cometido delitos tipificados en el Código Penal artículo 153, son resoluciones contrarias a la Constitución, el artículo 174 delito de prevaricato, además delito de usurpación de funciones, los exmagistrados del TCP cuando emitieron la sentencia constitucional 0084/2017”, refiere el abogado constitucionalista y exmagistrado José Antonio Rivera.
Delitos de resoluciones contrarias a la Constitución, porque, sobre la base de ese falseamiento constitucional, convencional, dejaron sin eficacia jurídica y normas del artículo 168, de las otras normas de la CPE.
Prevaricato, porque emitieron un fallo manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico, a la CPE, a la Convención Interamericana de Derechos Humanos y a las leyes vigentes.
Usurpación de funciones, porque el TCP, por un lado, hizo una interpretación inexacta de la Convención, facultad que le compete a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), y por otro lado, hizo control de convencionalidad en abstracto que también le corresponde a esta instancia.
“También usurparon funciones del poder constituyente, porque a título de una sentencia interpretativa dejaron sin eficacia jurídica la Constitución lo que materialmente significaría reformar una Constitución”, agrega.
Williams Bascopé Laruta, también abogado constitucionalista, sostiene que los exmagistrados del TCP actuaron de manera dolosa “violando la Constitución y Convención”, por lo que deben ser juzgados, además de otros autores intelectuales.
“Han cometido el delito de prevaricato y obviamente la usurpación de funciones, y deben ser juzgados por estos delitos. Y los cómplices, autores intelectuales, los que han sido encubridores en todo esto, se los va a tener que investigar. Esto es dirigido a los parlamentarios que han promovido esto y obviamente detrás de los parlamentarios hay otras personas”, aseguró.
Rivera añadió que si bien los exmagistrados incurrieron en delitos, los asambleístas incurrieron también en conductas delictivas y también los vocales del TSE al habilitar a Morales aplicando con efecto retroactivo una sentencia que debería ser para lo venidero.
“Sobre la base de ese fraude constitucional y convencional es que el organismo electoral habilitó a Evo Morales Ayma y a Álvaro García Linera a las elecciones generales de 2019, y fue parte del fraude electoral, porque el fraude electoral es el conjunto de acciones ilícitas desarrolladas a favor de una candidatura en desmedro de otras candidaturas y aquí precisamente se favoreció la candidatura de Morales con esta sentencia fraudulenta”, sostuvo.
EL CONADE DEMANDA APOYO PARA JUICIOS
Manuel Morales, representante del Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade), adelantó, según Brújula Digital, que buscará el apoyo de las fuerzas políticas y de la sociedad civil para promover un juicio de responsabilidades contra Evo Morales, los exmagistrados del TCP y de los vocales del TSE.
“Hay un juicio de responsabilidades hacia Evo Morales que debe hacerse por cuerdas separadas, hay otro juicio que se tiene que abrir a los magistrados del TCP, por la sentencia 084/2017, y debe hacerse otro juicio de manera directa a los vocales del TSE de 2019, por haberlo inscrito a Morales para las elecciones, sabiendo los antecedentes del referendo de 2016 que era de carácter vinculante”, indicó.



