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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: viernes 13 de agosto de 2021
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Contenido
La opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (Corte IDH) establece que la habilitación de la reelección presidencial
indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y a
los principios en la Convención Americana y Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre.
En el documento, emitido el 7 de julio, la corte hace un
repaso de los peligros que conlleva la democracia representativa, esta figura a
la que apelaron en su momento tanto Evo Morales, expresidente de Bolivia, como
Daniel Ortega, presidente de Nicaragua, para perpetuarse indefinidamente en el
poder.
La Opinión Consultiva OC-28/21 sostiene que el proceso
democrático requiere de ciertas reglas que limiten el poder de las mayorías
expresado en las urnas para proteger a las minorías, por lo cual
"las reglas de acceso al ejercicio del poder no pueden ser
modificadas sin ningún límite por quienes temporalmente se encuentren
ejerciendo el poder político”.
“[L]a perpetuación en el poder, o el ejercicio
de éste sin plazo alguno y con manifiesto propósito de perpetuación, son
incompatibles con el ejercicio efectivo de la democracia”, agrega.
La democracia —recuerda la Corte IDH— no solo consiste
en llamar a elecciones cada cierto tiempo. si no

implica que haya pluralismo político, garantizar la
alternancia en el poder y la separación de poderes.
“El mayor peligro actual para las democracias de la región
no es un rompimiento abrupto del orden constitucional, sino una erosión
paulatina de las salvaguardas democráticas que pueden conducir a un
régimen autoritario, incluso si este es electo mediante elecciones
populares. En consecuencia, las salvaguardas democráticas deberían prever
la prohibición de la reelección presidencial indefinida”, sostiene el
documento.
A continuación se enumeran los 10 puntos citados en la
Opinión Consultiva OC-28/21
- “Afecta
el Estado de Derecho”.
- La
permanencia en funciones de un mismo gobernante por un largo período
de tiempo tiene efectos nocivos en el régimen plural de partidos y
organizaciones políticas, propio de una democracia representativa".
- “Favorece
la hegemonía en el poder de ciertos sectores o ideologías”.
- “La
permanencia en funciones de una misma persona en el cargo de la
Presidencia de resulta en el menoscabo de los derechos políticos de
los grupos minoritarios”.
- “Conlleva
el debilitamiento de los partidos y movimientos políticos que integran la
oposición, al no tener una expectativa clara sobre su posibilidad de
acceder al ejercicio del poder”.
- “La
permanencia en el poder de un Presidente por un largo período de
tiempo afecta la independencia y la separación de
poderes”. La separación e independencia de los poderes públicos
supone la existencia de un sistema de control y de fiscalizaciones, como
regulador constante del equilibrio entre los poderes públicos.
- "Al
ocupar el cargo de Presidente la misma persona por varios mandatos
consecutivos se amplía la posibilidad de nombrar o remover a los
funcionarios de otros poderes públicos, o de aquellos órganos encargados
de controlarlos".
- "Los
Presidentes que buscan la reelección tienen una amplia ventaja de
exposición mediática y de familiaridad para los electores.
- "El
cargo de la Presidencia brinda a la persona que lo ocupa una posición
privilegiada para la contienda electoral. Mientras mayor sea el
tiempo de permanencia en el cargo, mayor será esta ventaja".
- "Además,
si los sistemas de control al Presidente no se encuentran funcionando,
estos pueden utilizar recursos públicos para, directa o indirectamente,
favorecer su campaña de reelección".



