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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: sábado 14 de agosto de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Ejecutivo
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Horas después de que
se conoció que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
determinó que la reelección presidencial indefinida atenta contra la democracia
y abre las puertas a gobiernos totalitarios, el ministro de Justicia, Iván
Lima, cerró cualquier posibilidad de enjuiciar a los responsables de haber
aprobado esta figura en el país el año 2017.
“Este es un tema
completamente cerrado, porque es inviable llevar a juicio a un magistrado que
ha aplicado la jurisprudencia vigente”, afirmó durante una entrevista en Cadena
A.
Luego, el Ministerio
de Justicia publicó un texto en su cuenta en Twitter ratificando esa posición:
“Ministro @ivanlimamagne en relación a la Opinión Consultiva sobre la
reelección indefinida: "Este es un tema cerrado para #Bolivia. Esta OC
debe ir al @TCP_bolivia. Yo no creo que hubiera habido un error. Es inviable
llevar a juicio a un magistrado que aplicó normativa vigente" (Sic).
Según Lima, el fallo
constitucional que autorizó la reelección presidencial indefinida para
beneficiar al expresidente Evo Morales, fue emitida cuando había una
jurisprudencia vigente con casos en Nicaragua y Uruguay.
El
constitucionalista Williams Bascopé dijo que esa es una mala interpretación y
desafió a Lima a un debate público.
“Ministro Lima mal
interpretando la Opinión Consultiva 28/21, indica que en su momento, decir que
es derecho humano la reelección no estaba mal y que ahora recién la Corte
cambió su jurisprudencia. Ministro, por favor no nos insulte, le invitó a un
debate público donde usted diga”, escribió en su cuenta en Twitter.
Los seis magistrados
que aprobaron la sentencia Constitucional 0084/2017, que habilitó a Evo
Morales, son: Macario Lahor Cortez Chávez, Osvaldo Valencia, Zenón
Bacarreza, Mirtha Camacho, Virginia Andrade y Rudy Flores. El jurista Efren
Choque Capuma no firmó el documento porque no participó de la Sala Plena.



