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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: jueves 29 de julio de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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El requerimiento de
sobreseimiento emitido por la Fiscalía General por el denominado “fraude
electoral”, beneficia a seis exvocales y seis exfuncionarios del Tribunal
Supremo Electoral (TSE) que estaban investigados por las irregularidades
detectadas por especialistas de la OEA en las elecciones generales de 2019. Sin
embargo, desde el Ministerio Público aseguran que el caso no está cerrado y
sectores de la oposición advierten de que cualquiera de los denunciantes puede
impugnar la decisión en un plazo de cinco días.
El informe pericial
deslinda de responsabilidades a la expresidenta del TSE María Eugenia Choque y
a los vocales Antonio Costas Sitic, Lucy Cruz Villca, Édgar Gonzales López,
Idelfonso Mamani Romero, Lidio Iriarte Tórrez y Winsor Saire, este último
exresponsable de la Dirección Nacional de Tecnologías, Información y
Comunicación, para favorecer al entonces presidente y aspirante a la
reelección Evo Morales (MAS).
Se ha establecido
que cada miembro del TSE tenía funciones específicas, pero no tenían acceso al
sistema informático para realizar modificación o alteración sustancial al
proceso eleccionario, señala el estudio elaborado entre abril y mayo de
este año, y que está firmado por un docente y dos estudiantes del Deep Tech Lab
de Bisite de la Fundación General de la Universidad de Salamanca, España.
Luego de contrastar
el dictamen pericial con el informe de Ethical Haking Consultores, la Fiscalía
determinó que no existen indicios de convicción para determinar injerencias
suyas que hubieran afectado el proceso eleccionario a los accesos del
sistema de Trasmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), tanto
a la base de datos, servidores de aplicación y acceso al sistema web, antes,
durante y después del acto eleccionario del 20 de octubre.
La conclusión de la
Fiscalía contradice el informe presentado por los 30 expertos de 18 países que
formaron parte de la misión de observadores enviados por la OEA a Bolivia
en las elecciones generales de octubre de 2019, que determinaron que hubo
“acciones deliberadas que buscaron manipular el resultado de la elección”. El
documento de la OEA, presentado el 10 de noviembre de 2019 y que precipitó la
renuncia a la presidencia de Evo Morales, menciona la “paralización intencional
y arbitraria, sin fundamentos técnicos, del TREP”.
El informe de la
Fiscalía, que fue encargado a un costo de $us 31.000, tampoco menciona si
los vocales e informáticos influyeron en el tráfico desde servidores externos a
la infraestructura montada por Neotec o desde la plataforma de servidores
externos, modificaciones al código fuente del sistema TREP, alteración
informática o incidentes de seguridad en los servidores antes, durante y
después del proceso eleccionario, ataques informáticos o inconsistencias entre
cuatro bases de datos paralelas al del cómputo oficial.
Sin embargo, el
informe de la OEA señala: “Todos los análisis del equipo técnico permiten
determinar que la paralización del TREP no fue un accidente ni una
decisión basada en fundamentos técnicos. Fue una decisión arbitraria, cuyo
propósito incluyó la manipulación de la infraestructura informática”.
No es definitivo
El abogado
constitucionalista Gustavo Mendoza Orozco explicó que la Fiscalía emite
el sobreseimiento cuando considera que no existen los elementos necesarios sobre
el hecho delictivo para sustentar una acusación.
Mendoza explicó que
tras ser notificadas, la parte que se considere afectada por el
sobreseimiento puede impugnar la misma en un plazo de cinco días.
El
constitucionalista Williams Bascopé coincidió con Mendoza en que la impugnación
debe ser resuelta por la Fiscalía del Departamento de La Paz, en este caso, y
que en un plazo de diez días hace conocer una resolución, a través de la
cual puede ratificar el sobreseimiento o revocar el mismo para que se
emita acusación, lo que implicaría el inicio de la segunda etapa del juicio.
El diputado Carlos
Alarcón, de Comunidad Ciudadana, adelantó que no se seguirá ese procedimiento “porque
si el fiscal general ya emitió un pronunciamiento, es perder el tiempo pensar
que su empleado, el fiscal departamental, vaya a cambiar esa decisión”.
Bascopé señaló que
los denunciantes, en este caso el líder de CC, Carlos Mesa, y el Tribunal
Supremo Electoral (TSE), pueden pedir la conversión de acciones para que
los fiscales se aparten.
Mendoza complementó
que implicaría cambiar “de acciones de delito de acción pública a delito de
acción privada. De esta forma, no participa la Fiscalía. El juez, con este
recurso, puede sacar al fiscal del caso y continuar con el juicio”,
aseveró. Si alguna parte se ve afectada en sus derechos con esta resolución,
podría interponer una acción constitucional, como un amparo constitucional,
siempre y cuando fundamente qué derecho es el vulnerado.



