Medio: Nuevo Sur
Fecha de la publicación: miércoles 21 de julio de 2021
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La alejada de su cargo de Presidente del Tribunal Electoral
Departamental (TED) Nataly Vargas Gamboa, interpuso un Recurso de Revocatoria
en contra del decreto 4532, de 29 de junio de 2021, promulgado por el
Presidente de los bolivianos, Luis Arce Catacora.
Con este decreto, ilegalmente se dejó sin efecto el decreto de
designación de su persona como Vocal del TED el 11 de diciembre de 2019, y se
nombró a otra persona en su lugar, recordó Vargas al precisar que el Recurso
fue interpuesto en La Paz.
“Cumpliendo con el apersonamiento debido y los plazos de ley he
presentado este recurso considerando que se han cometido serias vulneraciones a
nuestra Constitución, por tanto, se cometieron vicios de nulidad absoluta o de
pleno derecho”, argumentó.
Por tanto, avalada por el artículo 35 del Procedimiento administrativo,
estoy solicitando la nulidad de este decreto porque el Presidente no tiene
competencia para destituir Vocales Electorales, siguió argumentando Vargas.
No puede recortar el período de mandato de los Vocales electorales al
tener período legalmente establecido, no puede designar Vocales si los que
están en ejercicio no concluyeron sus funciones o hubiesen sido destituidos,
insistió.
Tampoco puede usurpar funciones de otros órganos ni brindar un trato
desigual para el cómputo del período de mandato de los Vocales electorales,
dijo al precisar que desde este miércoles el Presidente tiene 20 días hábiles
para pronunciarse sobre este recurso.
Consultada si el Presidente puede fallar contra sí mismo ya que
cuestiona uno de sus decretos, Vargas explicó que las autoridades que revisan
en primera instancia son aquellas que dictaron el acto administrativo, en este
caso Arce debe dictar fallo.
Preguntada qué pasara si el Presidente ratifica su decreto, Vargas
contestó, si procedimentalmente no existe autoridad superior al Primer
Mandatario para interponer un recurso jerárquico, se abre la posibilidad de
acudir al Tribunal Constitucional.
“Por supuesto que voy a interponer las acciones constitucionales que
sean necesarias en caso de negación del Recurso de Revocatoria, si se me niega
las acciones constitucionales, voy acudir a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, donde existe amplia jurisprudencia”
Jurisprudencia en materia de independencia de Poderes y de protección a
los Órganos que cumplen función jurisdiccional como el TED de Tarija, agregó al
reiterar que asume estas acciones por ser su responsabilidad como autoridad,
hacer cumplir la Ley.