Medio: Correo del Sur
Fecha de la publicación: martes 26 de junio de 2018
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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En agosto de 2017, parlamentarios opositores impugnaron la Ley 266 que dejó sin efecto la Ley 180 que declaraba la intangibilidad del parque, pero con la nueva norma se dio vía libre a la construcción de una carretera en el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS). Casi un mes después, en septiembre de 2017 el TCP admitió el recurso pero no se pronunció sobre el fondo y lo dejó para los nuevos magistrados.
Ayer, el magistrado del TCP Orlando Ceballos, informó que antes de resolver la Acción de Inconstitucionalidad solicitaron información complementaria al TSE sobre el proceso de consulta previa que habría desarrollado el Órgano Ejecutivo y no tienen ninguna respuesta, pero aseguró que están dentro de los plazos establecidos por el Código Procesal Constitucional (CPC) para emitir sentencia.
Por mandato de una ley, el Órgano Ejecutivo desarrolló una consulta previa para la construcción de una carretera e implementar otros proyectos de desarrollo en la zona del TIPNIS, pero en el expediente de la Acción de Inconstitucionalidad que impugna esa Ley no consta esa documentación que es indispensable para emitir la sentencia, según el magistrado.
“Estamos trabajando para que dentro de los plazos absolutamente observados el país conocerá la determinación del TCP”, aseguró Ceballos.
En 2012 y tras la marcha indígena, el Gobierno llevó a cabo una consulta en el TIPNIS. Según sus datos, el 80% de las comunidades expresó estar a favor de la carretera, aunque organizaciones indígenas y la Iglesia Católica observaron que fueron tomadas en cuenta poblaciones no indígenas.