Medio: La Razón
Fecha de la publicación: miércoles 14 de julio de 2021
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral decidió la
suspensión temporal de la vocal Rosario Baptista por cometer una falta grave.
Es una sanción prevista en la Ley del Órgano Electoral. Está pendiente un
proceso disciplinario contra la misma vocal por una posible falta muy grave, que
puede implicar su destitución. El TSE tiene el reto de preservar su autonomía e
independencia.
La suspensión de la vocal Baptista por 22 días, sin goce de
haber, tiene que ver con la demora en responder una petición de informe escrito
(PIE) solicitada por un diputado del oficialismo. Las PIE son una acción de
fiscalización de la Asamblea Legislativa Plurinacional previstas en la
normativa. Las respuestas deben ser remitidas en el término máximo de 10 días
hábiles desde su recepción. La vocal Baptista se tomó tres meses para responder
la petición que le fue delegada por la Sala Plena.
El problema de fondo no es la PIE y su tardía respuesta,
sino el origen de tal acción de fiscalización respecto al TSE. La hoy
suspendida vocal tuvo protagonismo en noviembre del año pasado cuando, poco
después de las elecciones generales, cuya transparencia fue avalada por todas
las misiones nacionales e internacionales de acompañamiento electoral, mandó de
manera unilateral una carta al secretario general de la OEA, Luis Almagro,
sembrando con irresponsable temeridad dudas que no pudo sostener.
La carta de marras, velozmente derivada a la Secretaría
General de la OEA por la excanciller Longaric, alimentó la narrativa del
“fraude” (una vez más, como ocurrió en 2019) y la antidemocrática acción de
algunos grupos, más bien marginales, que pretendían desconocer el resultado de
los comicios a fin de evitar la posesión del presidente Arce, electo con
mayoría absoluta de votos. Dichos grupos, mal llamados “activistas” (sic),
llegaron incluso a los cuarteles para pedir intervención militar.
La pregunta esencial es por qué Baptista mandó una carta,
sin conocimiento de su Sala Plena, afirmando que “este proceso electoral (de
2020) no cumplió con las condiciones necesarias que deben manifestarse en una
elección democrática”. En el extremo de la intrepidez, planteó investigar “la
posible existencia de un bloque de data alterno (en el padrón electoral),
técnicamente reservado, con acceso privilegiado, restringido y secreto”. El
entonces presidente del TSE calificó la versión de “fantasiosa”.
Al día siguiente, la vocal mandó otra carta a Almagro
aclarando que su solicitud “no cuestiona específicamente el resultado” de las
elecciones, pero el daño a la legitimidad del proceso (y del sistema electoral)
ya estaba hecho. Demás está decir que Baptista tampoco pudo sustentar sus dudas
sobre el padrón. El proceso disciplinario por esta probable falta muy grave
está en suspenso. Será bueno que se resuelva en plazo con pleno apego a los
principios de legalidad, autonomía e independencia del TSE.