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Medio: Opinión
Fecha de la publicación: lunes 21 de junio de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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Los administradores de justicia que incurran en mora
procesal injustificada, también conocida como retardación, serán sancionados
con privación de libertad de tres a seis años y su inhabilitación.
La medida se aplicará a los jueces, fiscales y servidores
públicos del país cuando se evidencie que incumplan con los plazos previstos en
las leyes procedimentales o retarden, injustificadamente, el cumplimiento de
los actos propios de su función, según un boletín de prensa del Ministerio de Justicia
y Transparencia Institucional.
El titular de esta cartera de Estado, Iván Lima, explicó que
la implementación de la norma busca una lucha frontal contra la corrupción y
una reforma judicial acorde a la realidad.
"La política definida por el presidente (Luis Arce) es
de cero tolerancia a la corrupción y esta política tuvo dos ejes importantes,
no olvidemos que justicia es, ahora, justicia y transparencia institucional, es
el nombre completo de nuestro Ministerio y la política de transparencia parte
de no generar, no permitir, de ninguna manera, impunidad", subrayó.
Calificó anteriormente a la retardación de justicia como
efecto “de la burocracia indolente” que afecta a litigantes y procesados. Dijo
que normas como la Ley de Interoperabilidad de la justicia permitirán subsanar
los efectos nocivos de la acumulación de la carga procesal.



