Medio: El Deber
Fecha de la publicación: lunes 31 de mayo de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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La opinión pública tiene una valoración negativa de las
instituciones y las autoridades administradoras de justicia (jueces, fiscales y
policías). De manera coincidente, el Parlamento Europeo y tres organismos
internacionales “recomendaron” a Bolivia realizar una reforma judicial.
La Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para
los Derechos Humanos (Oacnudh) “recomendó” reformar la justicia, indicando que
se desarrolle una reforma estructural al sistema de justicia, en particular,
para asegurar su independencia y el respeto al debido proceso. Esta reforma
debe incluir un diagnóstico profundo del sistema de justicia penal; revisar el
proceso de selección de jueces, fiscales y fiscal general y adoptar una ley
sobre la carrera judicial.
Por su parte, Human Rights Watch (HRW) publicó el informe la
justicia como arma: “Persecución Política en Bolivia”. “recomendando” reformar
la justicia para garantizar su independencia, comenzando por abrir un proceso
público participativo que promueva e incluya las perspectivas de todos los
partidos políticos, de miembros de la sociedad civil y de organizaciones que
trabajen en la reforma del sistema de justicia, así como de expertos
internacionales en la materia.
Prueba de que la justicia está políticamente controlada,
está la Sentencia 0012/2021 de 11 de marzo que declaró la inconstitucionalidad
de los juicios en rebeldía, fue negada por el presidente del TCP Paul Franco el
8 de mayo. El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Olvis Egüez,
justificó que dicho fallo del TCP “en lo formal es inexistente” debido a que no
se ha notificado con el mismo y tampoco está publicado en la página digital
oficial del Tribunal.
La exdiputada Norma Piérola, accionante que obtuvo la
señalada Sentencia, dijo que se apersonó al TCP y ante su reclamo le indicaron
que no estaban autorizados para notificarle y que vuelva. Empero, pudo obtener
una copia del fallo, que conlleva número de sentencia y las firmas de los magistrados.
Al respecto, el Ministro de Justicia, Iván Lima,
públicamente señaló que no es la mejor noticia para el Gobierno, porque no se
podrá procesar a acusados de corrupción, como el exministro Arturo Murillo.
Paralelamente, la Comisión Mixta de Justicia Plural, Ministerio Público y
Defensa Legal del Estado, de la Asamblea Legislativa Plurinacional, aprobó un
informe de juicio de responsabilidades contra el expresidente Sánchez de
Lozada, proceso que data de hace 17 años. Así como, otros dos juicios y hay una
veintena en agenda.
El latente grado de sumisión de los máximos tribunales de
justicia causa lastima, toda vez que estos olvidan que con la sentencia que
están indebidamente negando o sin ella, no tiene razón de vetarla ya que por
imperio de los arts. 310.IV; 256 y 410 de la Constitución Política del Estado
(primacía de los pactos sobre derechos fundamentales sobre la Constitución)
donde el “art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica “prohíbe cualquier juicio
en ausencia del imputado”.
De los descritos antecedentes, constatamos una concomitancia
entre las necesidades políticas de procesar exautoridades y la denegada
Sentencia por parte del TCP, denota una notoria “coincidencia” que nos lleva a
concordar con las “sugerencias” expresadas al gobierno boliviano por parte de
los descritos organismos internacionales que piden cambiar la justicia
boliviana.
De esta manera y siendo que el art. 182 de la Constitución
Política del Estado previene que los magistrados de Bolivia deber ser electos
por sufragio universal, donde la Asamblea Legislativa Plurinacional mediante
dos tercios de sus miembros presentes elije los aspirantes y remite al Tribunal
Supremo Electoral – TSE para que efectúe el proceso de elección.
Consiguientemente y toda vez que las funciones de los
actuales juristas fenecerán en el año 2023, ante la politización y por ende, el
descredito general de las instituciones públicas (universidad y Colegio de
Abogados), atendiendo el clamoroso pedido social y las descritas sugerencias de
organismos internacionales, visando un cambio real en la administración de
justicia y que dicha mudanza no sea escamoteada por la clase política que desde
hace 39 años utilizan diversas figuras jurídicas distractivas como el voto
universal de magistrados; la creación del Tribunal Constitucional
Plurinacional; el Defensor del pueblo; el Consejo de la Judicatura y otros,
dejando para si las prerrogativas de escogerlos para obtener obediencia ciega.
Sugerimos que en la próxima escogida de candidatos a
magistrados y previo a ser remitidos a la Asamblea Plurinacional para su
oficialización ante el TSE sea con el tamiz de la iglesia y con la finalidad de
que sea esta la garante del nombramiento de probos juristas; históricamente
convocada a resolver las mayores crisis políticas vividas por la República.
Concluyentemente y después de la votación popular y legal
nombramiento, de ahí en adelante, los magistrados elegidos sean los que elijan
a los vocales y estos a los jueces ordinarios y demás funcionarios judiciales.
Solo así apartaremos las manos de los políticos de la justicia. Resaltando que
también es imperioso que el erario nacional suba del miserable 0,50% del
Presupuesto General de la Nación a un mínimo del 2%, que solo pueden ser
administrados por el Consejo de la Judicatura.



