Medio: El Deber
Fecha de la publicación: lunes 31 de mayo de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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El nombramiento por el Consejo de la Magistratura (CM) del
exfiscal Edwin Blanco como juez de Sentencia, pese a sus antecedentes
negativos, ha generado crítica y repudio a la conducta de los “consejeros”
quienes, amenazados el año pasado por el Ministro Lima con un juicio de
Responsabilidades, llegaron días después a un feliz acuerdo con el poder
político.
Varios abogados, ante el planteamiento de
“Reforma-Referendo” para devolverle plenas atribuciones presupuestarias al CM,
me dicen que más bien hay que eliminarlo, que el comportamiento de sus actuales
y anteriores titulares fue el mismo: subordinación al gobierno, nombramientos
manipulados por sobornos y partidismo, e ineficiencia total en el “control y
fiscalización” (Art. 195-3 CPE) de los recursos y bienes judiciales, amén de la
creación de una enorme planta burocrática que más bien consume y dilapida el
exiguo presupuesto.
Los defectos del CM no podemos confundirlos y lapidarlos con
el concepto. Reitero, los jueces no pueden ni deben administrar dinero ni
postulaciones y menos ejercer tareas disciplinarias sobre los integrantes del
órgano judicial. Sólo deben administrar justicia y, para ese efecto, gestionar
con eficiencia su despacho. Ese concepto llevó el año 1994 a la creación del
Consejo de la Judicatura que luego, en la Constitución de 2009, fue mutilado
con un Consejo sin atribuciones de elaboración y ejecución del presupuesto
judicial, qué es lo que estamos planteando cambiar con la Reforma-Referendo
acompañado, por supuesto, de la modificación del nombramiento de todos los
Magistrados Supremos incluyendo esos Consejeros. Es la visión hegemonista del
MAS lo que ha degradado absolutamente el concepto haciendo visibles únicamente
los defectos. Devolver al Tribunal Supremo (antes Corte Suprema) como lo hace
el texto constitucional y la ley 025 del Órgano Judicial en su Art. 227, la
gestión administrativa y financiera, a través de una “Dirección” con ese
nombre, es un grave retroceso que debemos impedir, no sólo para que los jueces
Supremos se aboquen sólo a la aplicación de la Constitución y la ley en la
resolución de los conflictos, sino para garantizar la independencia interna de
los jueces que no pueden estar ya sometidos a una estructura piramidal, donde
la cúspide sanciona “administrativamente” a los niveles inferiores,
condicionando los fallos y anulando la imparcialidad.
Estoy de acuerdo con que el número de Consejeros no deben
ser mayor a 5, pero ese tema está en la ley y no en la Constitución. Respecto
al presupuesto, salvo alguna respetable opinión que el actual presupuesto es
suficiente pero que está pésimamente administrando, todos los otros criterios
coinciden con la propuesta de inscribir en la Constitución una partida mínima
entre el 3 y el 5% del presupuesto general.
Varios abogados y, sobre todo algunos jueces, han ratificado
la actual degradación del “servicio judicial” por las condiciones materiales en
las que se presta y donde a los salarios bajos, especialmente del personal
subalterno, se suma la precariedad de la infraestructura y la carencia absoluta
de tecnología, equipamiento y materiales de trabajo. Recojo, especialmente, la
afirmación de que no hay jueces ni fiscales en casi la mitad de los municipios
del país (no es fácil precisar el dato exacto) y qué ello “deja sin justicia
alguna” a la mayoría de los bolivianos.
Este tema crucial, la carencia de acceso, otra de las
carencias centenarias de nuestra administración judicial, lo abordaremos la
próxima semana, ya que su encaramiento también requiere de la incorporación de
nuevas previsiones constitucionales.
Finalmente, algunos colectivos ciudadanos están planteando
ya no sólo ver los contenidos “jurídico constitucionales”, sino un plan
operativo que contemple especialmente los mecanismos, los tiempos y los actores
de la “Reforma-Referendo”. Ello es imprescindible teniendo en cuenta que el
límite para la Reforma es el 1er semestre del 2023 ya que, de lo contrario, el
segundo semestre de ese año tendríamos que repetir la “elección popular” de
jueces, repitiendo la parodia de 2011 y 2017, para remachar ya no solo los
defectos sino las taras de un sistema que sólo favorece a los autoritarios con
enorme daño a la defensa y la construcción de la vida democrática. Si no lo
hacemos, tendremos muchos más exfiscales prevaricadores, como jueces y mucho
más ineficiencia como la que acaba de desnudar, en el caso Murillo, el FBI
norteamericano.



