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Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: lunes 31 de mayo de 2021
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones judiciales
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El nombramiento por el Consejo de la Magistratura (CM) del exfiscal Edwin Blanco como juez de sentencia, pese a sus antecedentes negativos, ha generado crítica y repudio a la conducta de los “consejeros”, quienes, amenazados el año pasado por el Ministro Lima con un juicio de responsabilidades, llegaron días después a un feliz acuerdo con el poder político.
Varios abogados, ante el planteamiento de “reforma-referendo” para devolverle plenas atribuciones presupuestarias al CM me dicen que más bien hay que eliminarlo, que el comportamiento de sus actuales y anteriores titulares fue el mismo: subordinación al gobierno, nombramientos manipulados por sobornos
y partidismo, e ineficiencia total en el “control y fiscalización” (Art. 195-3 CPE)de los recursos y bienes judiciales, amén de la creación de una enorme planta burocrática que más bien consume y dilapida el exiguo presupuesto.
Los defectos del CM no podemos confundirlos y lapidarlos con el concepto. Reitero, los jueces no pueden ni deben administrar dinero ni postulaciones y menos ejercer tareas disciplinarias sobre los integrantes del Órgano Judicial. Sólo deben administrar justicia y, para ese efecto, gestionar con eficiencia su despacho. Ese concepto llevó el año 1994 a la creación del Consejo de la Judicatura, que luego, en la Constitución de 2009, fue mutilado con un Consejo sin atribuciones de elaboración y ejecución del presupuesto judicial, que es lo que estamos planteando cambiar con la reforma-referendo acompañado, por supuesto, de la modificación del nombramiento de todos los magistrados supremos, incluyendo esos consejeros. Es la visión hegemonista del MAS lo que ha degradado absolutamente el concepto haciendo visibles únicamente los defectos. Devolver al Tribunal Supremo (antes Corte Suprema) como lo hace el texto constitucional y la ley 025 del Órgano Judicial en su Art. 227, la gestión administrativa y financiera a través de una “dirección” con ese nombre es un grave retroceso que debemos impedir, no sólo para que los jueces supremos se aboquen sólo a la aplicación de la Constitución y la ley en la resolución de los conflictos, sino para garantizar la independencia interna de los jueces que no pueden estar ya sometidos a una estructura piramidal, donde la cúspide sanciona “administrativamente” a los niveles inferiores, condicionando los fallos y anulando la imparcialidad.
Estoy de acuerdo con que el número de consejeros no deben ser mayor a cinco, pero ese tema está en la ley y no en la Constitución. Respecto al presupuesto, salvo alguna respetable opinión que el actual presupuesto es suficiente pero que está pésimamente administrando, todos los otros criterios coinciden con la propuesta de inscribir en la Constitución una partida mínima entre el 3 y el 5% del presupuesto general.
Varios abogados y, sobre todo algunos jueces, han ratificado la actual degradación del “servicio judicial” por las condiciones materiales en las que se presta y donde a los salarios bajos, especialmente del personal subalterno, se suma la precariedad de la infraestructura y la carencia absoluta de tecnología, equipamiento y materiales de trabajo. Recojo, especialmente, la afirmación de que no hay jueces ni fiscales en casi la mitad de los municipios del país (no es fácil precisar el dato exacto) y qué ello “deja sin justicia alguna” a la mayoría de los bolivianos.
Este tema crucial, la carencia de acceso, otra de las carencias centenarias de nuestra administración judicial, lo abordaremos la próxima semana, ya que su encaramiento también requiere de la incorporación de nuevas previsiones constitucionales.
Finalmente, algunos colectivos ciudadanos están planteando ya no sólo ver los contenidos “jurídico constitucionales”, sino un plan operativo que contemple especialmente los mecanismos, los tiempos y los actores de la “reforma-referendo”. ello es imprescindible teniendo en cuenta que el límite para la reforma es el primer semestre del 2023 ya que, de lo contrario, el segundo semestre de ese año tendríamos que repetir la “elección popular” de jueces, repitiendo la parodia de 2011 y 2017, para remachar ya no solo los defectos sino las taras de un sistema que sólo favorece a los autoritarios con enorme daño a la defensa y la construcción de la vida democrática. Si no lo hacemos, tendremos muchos más exfiscales prevaricadores como jueces y mucho más ineficiencia como la que acaba de desnudar, en el caso Murillo, el FBI norteamericano.
Juan Del Granado es abogado, fue diputado y alcalde de La Paz



