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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 19 de mayo de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Denuncian que los magistrados del Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP) cometieron delitos y que el caso se llevará
ante la Corte Interamericana de DDHH. Así continuó la polémica sobre la
resolución que declaró inconstitucional la ley que permite los juicios en
ausencia, decisión que estaba firmada por la mayoría de los vocales de la Sala
Plena, incluso su presidente, pero que ahora no es válida y fue nuevamente
sorteada para que se emita otro fallo.
El ministro de Justicia, Iván Lima, aseguró que en
la norma internacional se permiten los juicios en ausencia, siempre y cuando el
acusado sea notificado y tenga la posibilidad de apelar la decisión final del
proceso.
El TCP no se pronunció ayer sobre el caso del
juicio en ausencia, a casi un año y medio de la presentación de una acción de
inconstitucionalidad en contra de algunos artículos de la Ley 004
anticorrupción que le dan vía libre a los enjuiciamientos en rebeldía.
Desde el 26 de marzo, cuando el ministro Iván Lima
revelara la existencia de esta sentencia, que deja sin efecto los juicios en
ausencia, muchos procesados en la vía penal, sin el debido proceso, se
movilizaron para acceder al fallo que a la fecha no ha sido notificado
oficialmente a las partes ni se publica en la página web y menos en el tablero
de notificaciones del TCP.
Los abogados rondaron por el TCP. En la página web,
en el tablero de notificaciones, se hallan memoriales solicitando acceder a esa
sentencia pero no tienen respuesta, porque el fallo salió pero después fue
supuestamente “escondido”, denuncian los opositores.
La demandante, exdiputada Norma Piérola, que envió
varias notas al TCP para que la notifiquen con la sentencia que reveló el
ministro Lima, decidió darse por notificada con el desaparecido fallo.
Por eso, anunció que recurrirá ante la Corte
Interamericana de DDHH, “porque hemos acompañado jurisprudencia que debían
aplicar directamente el TCP si tenía alguna duda. Bolivia es signataria de
tratados internacionales. Y bajo el principio de aquel que pacta para sí y sus
administrados, el Estado debe someterse a lo que dicen dichos tratados, en
aplicación preferente incluso a lo que señala la Constitución”, dijo.
Con ese mismo argumento fue que Evo Morales
consiguió el aval del TCP para participar en las elecciones que llevaron al
fraude declarado por la OEA en 2019, a su renuncia y salida del país.
El ministro de Justicia Iván Lima dijo que hasta el
momento no existe un pronunciamiento. No quiso pronunciarse sobre la resolución
“porque ese documento no es válido. La diputada Piérola presentó un caso que
podía favorecer al señor Manfred Reyes Villa, Mario Cossio, Gonzalo Sánchez de
Lozada y una serie de autoridades que fueron juzgadas en rebeldía”, dijo.
Complementó que “el escenario es claro, Piérola
hace una queja con relación a un reclamo político que ha realizado, y eso no
obtuvo una respuesta del TCP hasta el momento”, acotó.
Calificó este tema de muy relevante, “tuvo un
desarrollo ante el sistema interamericano de los Derechos Humanos, no ha
quedado estancado a nivel internacional”.
Detalló que en ese estándar (el internacional), lo
que se tiene que hacer es informar a la persona procesada, de forma fehaciente,
que tiene un juicio en su contra y darle el derecho a apelar, a reclamar sobre
la decisión que se asumiese en su contra. “Si se cumplen estas dos condiciones,
se permite a cualquier ciudadano protegido por esta convención, de ser
escuchado, y ser sometido y sancionado en un proceso penal”.
El encuentro analizará las formas de superar los
problemas generados en los sistemas de justicia debido a la pandemia por
Covid-19
Es un tema que tiene un desarrollo jurisprudencial
a nivel de la Corte Interamericana que, para Lima, “cambió la realidad del
país, de la Ley Marcelo Quiroga y seguramente será tomado en cuenta por el TCP
cuando finalmente emita su decisión”.
Ante la consulta de los periodistas en el grupo de
WhatsApp oficial del TCP sobre un pronunciamiento del presidente del TCP, Paul
Franco, la respuesta de la Unidad de Comunicación fue que la máxima autoridad
se ratifica en lo que había manifestado el 8 de mayo, de la no existencia de la
sentencia, pero tampoco aclaró si habrá otra versión de la misma o si se
confirmará la que está circulando, es decir, que el caso fue sorteado
nuevamente.
Delitos
El exmagistrado del Tribunal Constitucional, Marco
Antonio Baldivieso, sostuvo que toda sentencia tiene validez cuando son
suscritas por la Sala Plena de los magistrados y eso ocurrió con el fallo
0012/2021, que circula entre los abogados y la tiene la propia accionante, la
exdiputada Norma Piérola.
“La existencia de esa sentencia es evidente, yo
tengo la sentencia en fotografía por lo menos la parte resolutiva y la primera
parte con el título de la resolución, lo que extraña es que exista esta
incertidumbre en el órgano que debiera otorgar seguridad jurídica a los
bolivianos. Si eso ocurre en el TCP, que un día una sentencia vale y al día
siguiente no existe, es que realmente no sabemos en manos de quienes estamos”,
enfatizó.
El abogado consideró que hay mucha injerencia
política en el TCP y esta es una prueba más de que esta intromisión persiste
porque en este caso, si se aplicara la sentencia 0012/2021, favorecería a
muchos políticos de la oposición que tienen procesos pendientes y son juzgados
en rebeldía.
“Extraña que esta resolución, de existir haya
pasado a no existir y requiere una investigación no solo del Consejo de la
Magistratura o de la Asamblea Legislativa, merece la investigación del
Ministerio Público, porque estamos hablando de los delitos de falsedad
material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado para quienes muestran
una sentencia que no existe”, sostuvo.
Dijo que no es posible que en un tribunal guardián
de la Constitución desaparezcan resoluciones o ciertos abogados tengan acceso a
estas resoluciones y no estén disponibles para el resto. En su criterio existe
injerencia política y lo que pide la población es que se aclare oportunamente
esta situación porque no puede desaparecer un fallo así por así.
El expresidente reacciona ante el
"retroceso" en el fallo sobre la inconstitucionalidad de los juicios
en rebeldía. En marzo se conoció una resolución, pero ahora autoridades
sostienen que no es oficial
“Es un hecho muy notorio, esperemos que (la
Fiscalía y el Consejo) tomen cartas en el asunto”, enfatizó.
El 11 de marzo, el TCP emitió la sentencia
0012/2021 con la firma de dos tercios de los nueve magistrados, declarando la
inconstitucionalidad de los arts. 91 Bis y 344 Bis del Código de Procedimiento
Penal, introducidos por el art. 36 de la Ley 004, pero este fallo no fue notificado
oficialmente a las partes.
En octubre de 2020, el Colegio Nacional de Abogados
de Bolivia (Conalab) a la cabeza de su presidente Arturo Yáñez, denunció que la
queja más reiterada y unánime de todos los colegios departamentales, es que el
TCP no cumple sistemáticamente con su obligación de notificar adecuada y
oportunamente a todas las partes con sus resoluciones.
“En la práctica cotidiana, jamás la diligencia se
hace conocer en la fecha que aparece en el expediente, incluso pese a que los
abogados tienen el cuidado de señalar en su apersonamiento o actuado posterior
su correo electrónico, según establece el propio Código Procesal
Constitucional”, señalaba parte del pronunciamiento de queja de los abogados
colegiados.
Así, fuentes políticas denunciaron que el objetivo
es afianzar una condena en contra de los exministros Arturo Murillo y Fernando
López, que salieron del país.



