Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 19 de mayo de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
La negación de la existencia del fallo 0012/2021 del
Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) permite que prosigan los juicios
contra los exiliados declarados en rebeldía,
según lo establece el artículo 344 bis del Código de Procedimiento Penal, en
consecuencia del artículo 91 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz.
El Colegio Nacional de Abogados de Bolivia (Conalab)
advierte una falta de transparencia en torno a la sentencia 0012/2021, que -según la versión que circuló- declara
inconstitucionales los juicios en rebeldía. El
Conalab señala que ésa y otras
acciones del TCP causan “inseguridad jurídica”.
“Mucha gente se ha visto obligada a salir del país, algunos
a fugarse, otros a asilarse o refugiarse, porque había ya persecución política
desde hace muchos años atrás, personas que han sido sentenciadas en rebeldía. La
sentencia constitucional 0012/2021 es en beneficio de todos los procesados en
ausencia, perseguidos y presos políticos”, explicó Norma Piérola, accionante del recurso,
quien subrayó que interpuso la
acción el 16 de diciembre de 2019.
La existencia de la sentencia fue informada por el ministro
de Justicia, Iván Lima, el 29 de marzo. “El Tribunal Constitucional
Plurinacional ha declarado inconstitucional el juicio en rebeldía, ya no hay
más juicio en rebeldía ni en ausencia”, declaró
en entrevista con el periódico La
Razón.
En esa oportunidad, la autoridad señaló que la sentencia
impediría los juicios contra exministros del gobierno transitorio como Arturo
Murillo y Luis Fernando López.
En dos oportunidades,
la Interpol rechazó activar el sello azul contra ambas
exautoridades por considerar que la
solicitud obedecía a una causa política. Además de los casos contra Murillo y López, se activaron procesos contra los exministros Yerko Núñez,
Víctor Hugo Zamora y María E. Pinckert,
quienes también salieron del país solicitando asilo político.
Dos semanas después del anuncio que hizo Lima, el
viceministro de Justicia y Derechos fundamentales, César Siles, afirmó que la
acción constitucional no fue resuelta e indicó que el TCP comunicó que la
relatoría del caso sería asignada a un nuevo magistrado.
“El Tribunal Constitucional nos ha comunicado formalmente que se va a recomponer la comisión, que se asignará la relatoría de este caso a un nuevo magistrado, por lo que la fecha no se tiene ninguna sentencia constitucional ni ningún trámite pendiente de notificación como lo anunciaba la exdiputada (Norma Piérola)”, dijo en conferencia a mediados de abril.
El 8 de mayo, el presidente del TCP, Paul Franco, sostuvo que dicha sentencia no existía y, el 17 de mayo se informó que esa instancia volvió a sortear la acción de inconstitucionalidad y que el caso estaría a cargo del magistrado Carlos Alberto Calderón.
Piérola denunció manipulación de la sentencia en favor del
poder político y afirmó que la sentencia le fue entregada físicamente, además de una versión en PDF. Indicó que aunque no le
hicieron una nota de notificación, hubo una notificación tácita con el anuncio
que hizo el Ministro de Justicia. “Es preocupante que el poder político siga
manipulando el sistema de administración de justicia y en este caso cambia las
sentencias constitucionales a gusto y sabor”.
Mientras que el presidente del Conalab, Óscar Vargas, ve con
preocupación la falta de transparencia con la que se maneja la información
en el TCP, y señaló
que el accionar de la instancia genera “inseguridad jurídica”.
“Es preocupante, al parecer hay un tema de falta de
transparencia, puesto que ya una alta autoridad del Estado, como es el Ministro
de Justicia, hizo pública la existencia
de la sentencia, pero sorprende que el presidente del TCP manifieste con
carácter oficial que la sentencia no existe. No hay certeza, no hay
certidumbre; por tanto, se afecta el principio de seguridad jurídica
de todos los litigantes”, indicó.
El jurista manifestó que el TCP debe una explicación sobre
este caso no solamente a los abogados, sino a la población en su conjunto.



