Medio: ANF
Fecha de la publicación: miércoles 21 de abril de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó el memorial de petición de nulidad de la Sentencia 084/2017 referida a la reelección indefinida porque los juristas que presentaron la acción no tenían la facultad o legitimación activa. El caso había sido resuelto el 24 de diciembre de 2019, sorpresivamente, 16 meses después recién les notificaron con la resolución.
Los abogados el 22 de noviembre de 2019 presentaron la petición de nulidad de la Sentencia 084/2017 mediante el cual se avaló la reelección del expresidente Evo Morales por un cuarto mandato, durante más de un año consultaron al TCP sobre el curso de la acción, sin recibir ninguna respuesta de los magistrados.
Sin embargo, este miércoles en una audiencia de amparo constitucional el TCP presentó la resolución de rechazó del memorial con fecha del 24 de diciembre de 2019, extrañamente los abogados recién fueron notificados este martes 20 de abril, es decir, 16 meses después.
Arturo Yañez que es parte del grupo de juristas que interpuso la petición dijo que “sorprende” que la resolución haya sido “guardada por un año y medio” y que solo se le notificó a propósito de la audiencia de amparo constitucional, señaló en el programa Que No Me Pierda de la Red UNO.
El abogado también aclaró que la petición no fue resuelta en el fondo, es decir, los magistrados del TCP no se pronunciaron sobre la nulidad de la sentencia, por lo tanto, de la reelección indefinida del presidente, vicepresidente y de otras autoridades.
Precisó que el TC rechazó su memorial de petición de nulidad porque los abogados no tienen la “legitimación activa” y que solo tienen ese carácter el presidente del Estado, los asambleístas nacionales, departamentales y la Defensoría del Pueblo.



