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Medio: ANF
Fecha de la publicación: martes 06 de abril de 2021
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Normas asambleas departamentales
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La diputada del MAS, María Cristina Choque, presentó un proyecto de ley para viabilizar la alternancia de mandato entre asambleístas y concejales titulares y suplentes electos, en el marco de la igualdad de oportunidades. La oposición observa recorte de mandato.
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La diputada del MAS, María Cristina Choque, presentó un proyecto de ley para viabilizar la alternancia de mandato entre asambleístas y concejales titulares y suplentes electos, en el marco de la igualdad de oportunidades. La oposición observa recorte de mandato.
“Aquello consistirá en que concejales municipales y asambleístas departamentales titulares y suplentes ejerzan la responsabilidad del mandato equitativamente, es decir, dos años y medio titular y dos años y medio suplente”, se lee en el artículo 2 del proyecto de ley presentado por Choque.
Un Estado basado en respeto e igualdad entre todos con principio de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del poder, “es un reto histórico de construir colectivamente el Estado que integra y articula los propósitos de avanzar hacia una Bolivia democrática”.
El proyecto se respalda en seis leyes para argumentar la necesidad poner en vigencia la alternancia de mandato en los concejos y legislativos subnacionales.
El propósito del proyecto de ley es, de acuerdo al documento, permitir, en razón de justicia, ejercer el mandato de manera justa y equitativa, transparente y en igualdad de condiciones.
Para los políticos de oposición, el oficialismo pretende “acortar” el mandato de concejales municipales y asambleístas departamentales con la excusa de alternancia en el trabajo que deben realizar titulares y suplentes.
Aclaran que, de acuerdo a la Constitución Política del Estado, en su artículo 288, “El período de mandato de los integrantes de los Concejos y Asambleas de los gobiernos autónomos será de cinco años, y podrán ser reelectas o reelectos de manera continua por una sola vez”.
“Ninguna leyecita puede mutilar o acortar el mandato constitucional de 5 años de tales servidores púbicos electos. Y menos invertir las calidades de tales, es decir "titularizar’ al suplente y viceversa, por simple capricho de ‘ahora me toca (ganar sueldito de titular)’, burlándose de la voluntad popular”, se lee en un comunicado.



