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Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: martes 23 de marzo de 2021
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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El alcalde José María Leyes tras su retornó al municipio hace dos semanas. | José Rocha
A 20 días del fallo que restituyó al alcalde José María Leyes tras cinco meses de suspensión, ayer, la Sala Cuarta Especializada del TCP emitió la Sentencia Constitucional 0010/2021-S4 que revocó el fallo del 3 de marzo de la Sala Constitucional No. 4 de Santa Cruz, según el documento del proceso.
De acuerdo con los concejales Edwin Jiménez y Joel Flores, la nueva sentencia abre la posibilidad de designar un nuevo alcalde suplente para el resto de la gestión, hasta el 3 de mayo. En tanto, Leyes publicó que aún no fue notificado y que no se pronunciará hasta entonces.
La Sala Cuarta Especializada establece en la sentencia que “el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) resuelve revocar la resolución 10/02021 de 3 de marzo, pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal de Santa Cruz”.
Leyes solicitó en su amparo dejar sin efecto las resoluciones municipales 8341/2019 y 8648/2020 porque afectaban sus derechos como autoridad electa. El 3 de marzo, los vocales le concedieron la tutela y Leyes retornó al municipio.
Sin embargo, la Sala Cuarta Especializada del TPC halló incorrecto que una sala de Santa Cruz resuelva un tema de Cochabamba, cuando el parámetro que debió aplicarse es “el domicilio del acto legitimado activo”.
Asimismo, los vocales de la sala del TCP expresaron que el reglamento del Concejo Municipal de Cercado, con el cual se sancionó a Leyes por 30 días y luego otros 30 en la comisión de ética, “está plenamente vigente”.
Asimismo: “Se llama severamente la atención a las salas constitucionales (…) exhortándolas a observar el procedimiento y jurisprudencia establecidos en los fundamentos jurídicos”.
Con esta determinación, nosotros tenemos que volver a designar a un alcalde suplente y tenemos pendientes otras resoluciones de suspensión que no podíamos hacer cumplir por el fallo.
Joel Flores
Concejal Cbba
Este fallo nos da la razón en cumplimiento a la Ley 1104 y varias sentencias constitucionales. Siempre hice conocer que ese fallo era ilegal, arbitrario. Seguro trataremos este tema.
Edwin Jiménez
Concejal Cbba
Observaciones del Concejo y el TPC
Entre los argumentos que planteó el Concejo Municipal para revertir el amparo que dispuso la restitución del alcalde José María Leyes está que la sala de Santa Cruz no tenía competencia territorial para conocer el amparo.
La sala del TPC explicó que debió prevalecer el lugar de residencia del sujeto legitimo activo del amparo, el alcalde José María Leyes. Sin embargo, se resolvió en la residencia del representante legal, David Domínguez.
La segunda fue sobre el principio de inmediatez, que, según los expertos, debió haberse puesto la acción de amparo dentro de los seis meses luego de conocerse la suspensión de Leyes.



