Medio: El Potosí
Fecha de la publicación: viernes 15 de junio de 2018
Categoría: Legislación electoral
Subcategoría: Leyes nacionales y decretos reglamentarios
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Contenido
El texto plantea que las organizaciones políticas tengan un financiamiento de carácter mixto, proveniente del sector privado con restricciones y fortalecimiento público.
El financiamiento público, según el proyecto, “consiste en subvenciones indirectas para el acceso a propaganda en medios de comunicación e impresos en elecciones generales y elecciones subnacionales (períodos electorales)” y también para la “formación y capacitación de la dirigencia y militancia de las organizaciones políticas en años no electorales”.
SOBRE MEDIOS
Se propone también que los medios de comunicación que se habiliten para la difusión de propaganda electoral, cederán gratuita y obligatoriamente al Órgano Electoral Plurinacional la misma cantidad de espacio y tiempo que este les contrate.
Asimismo manifiesta que la franja horaria en radio y televisión que disponga el Órgano Electoral será distribuido con criterios de igualdad y de proporcionalidad entre las organizaciones políticas. Se precisa que el 60 % de la franja se distribuirá en partes iguales entre los partidos y el 40 % se dividirá en función al porcentaje de votos que tuvieron la elección anterior. En esas condiciones, el MAS vuelve a tener privilegio porque es el único partido con el número de votos necesario para recibir el dinero.
Respecto al financiamiento privado, el proyecto plantea que los partidos también se reciban recursos provenientes del aporte de sus militantes, simpatizantes, invitados y miembros; colectas públicas; y contribuciones, donaciones o subvenciones lícitas de fuentes privadas.
Sin embargo, prohíbe que los partidos reciban dinero de empresas públicas, agrupaciones religiosas o espirituales, propietarios de juegos de azar, personas que hubieran sido obligadas a efectuar la contribución, persona anónimas y otras de origen ilícito.
Elecciones internas en organizaciones políticas
El proyecto también plantea que las organizaciones políticas definan sus candidatos a presidente y vicepresidente en elecciones internas en que voten sus militantes. El proceso se financiaría con recursos del Tesoro General de la Nación.
Los resultados de esa elección primaria serían de carácter vinculante, excepto en casos que un candidato sufra problemas de salud o muerte.
La ley está dividida en cinco capítulos con 105 artículos. El TSE pretende que el documento se apruebe en el menor tiempo posible; esta nueva norma reemplazará a vigente ley de partidos y la ley de agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas.