Medio: El Día
Fecha de la publicación: martes 09 de febrero de 2021
Categoría: Procesos electorales
Subcategoría: Elecciones subnacionales
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Tal prohibición está incluida en el Reglamento de Propaganda y Campaña Electoral, aprobado mediante esolución TSE-RSP-ADM Nº 0403/2020, señala el TSE a través de su sitio de noticias Fuente Directa.
“Será considerada propaganda electoral prohibida cualquier mensaje difundido por servidores públicos, independientemente de su jerarquía, destinado a la promoción de candidaturas, la exposición de una oferta programática y/o solicitud del voto”, indica el TSE.
Si se pueden difundir mensajes “estrictamente informativos” sobre salud, educación deportes, turismo, servicios públicos y de protección civil en casos de emergencia.
El Órgano Electoral recuerda también que ningún funcionario puede hacer campaña en horario laboral o valerse de su cargo para promover algún candidato o realizar propaganda electoral. Así lo establece el artículo 126 de la ley 026 de Régimen Electoral.