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Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: miércoles 03 de febrero de 2021
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Dijo que a la fecha se cumplió más de tres cuartos del proceso electoral, lapso en el que se adoptaron las máximas medidas de protección de salud con el asesoramiento de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
“Hemos propuesto un Acuerdo para una Campaña Electoral Segura y con satisfacción hemos observado que son más de 30 organizaciones en todo el país que se adhirieron a este acuerdo y que están adaptando sus campañas electorales a las medidas que fueron sugeridas por el TSE con el asesoramiento de la OMS”, señaló.
El Acuerdo para una Campaña Electoral Segura plantea las siguientes medidas: Cumplir con los protocolos de bioseguridad aprobados por el Tribunal Supremo Electoral para el proceso electoral, la campaña y la jornada de votación.
Respetar la normativa definida por cada municipio, departamento o región autónoma en materia de salud pública, en particular sobre la prevención de contagios del COVID–19, para garantizar la salud colectiva.
Dar prioridad en la campaña a la organización de eventos virtuales para difundir sus propuestas, protegiendo a la población, militancia, candidatos y candidatas de posibles contagios.
Privilegiar las caravanas motorizadas sobre las caminatas para reducir los contactos directos entre personas.
En caso de que se organicen recorridos, los candidatos, candidatas y sus militantes deben cumplir con las medidas de bioseguridad, en particular el uso de barbijos, alcohol en gel y la distancia social para la protección colectiva.
Se sugiere para las caminatas considerar el tamaño de los municipios: en los de más de 100.000 electores, incluir un máximo de 200 personas; en los municipios de 10.000 a 100.000 electores, máximo 150 personas; y los municipios con menos de 10.000 electores, máximo 100 personas.
Para las caravanas de automóviles, se sugiere en los municipios con más de 100.000 electores, incluir un máximo de 40 vehículos; en los municipios con 10.000 a 100.000 electores, hasta 30 vehículos y en los municipios con menos de 10.000 electores, máximo 20 vehículos.



