Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: miércoles 06 de enero de 2021
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el Reglamento de Demandas de Inhabilitación a Candidatos, que establece competencias, causales, procedimiento, resolución y recursos para las demandas de invalidación planteadas contra candidaturas a la gobernación, la asamblea departamental y regional, la alcaldía y concejalía.
La norma establece la atribución de los tribunales electorales departamentales para conocer los pedidos de inhabilitación, que se podrán interponer a partir de un día después al registro oficial de candidaturas, y hasta 15 días calendario antes del día de la elección. Excepcionalmente, se admitirán hasta tres días antes de la votación por hechos sobrevinientes comprobados.
El demandante debe presentar sus datos generales ante el Tribunal Electoral Departamental (TDE) y el nombre de la candidatura demandada, la circunscripción electoral a la que candidatea y la organización política que lo postula; además de la exposición de las causales legales de inhabilitación, acompañando la prueba documental preconstituida relacionada con el incumplimiento de requisitos, o la existencia de causales de inelegibilidad.
En caso de incumplimiento de estas formalidades, el TED podrá ordenar de oficio que se subsanen las mismas dentro del plazo de 24 horas de su legal notificación. Una vez admitida la demanda, se notifica a la organización política para que dentro del plazo de 48 horas se subsanen las observaciones. Con o sin respuesta, el tribunal electoral competente emitirá resolución en el plazo de 72 horas de haber vencido el plazo para la presentación de la respuesta.



