Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: miércoles 16 de diciembre de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Carlos Quisbert / La Paz
El Órgano Electoral recurrió a una medida cautelar en Sucre para “suspender los efectos” de la acción popular hasta que el Tribunal Constitucional revise el fallo.Carlos Quisbert / La Paz
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para pedir que se quede en suspenso la anulación de la designación de Carlos Alberto Egüez en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), tal como lo ordenó la Sala Constitucional Primera de Beni el 4 de noviembre.
Los antecedentes señalan que en las elecciones judiciales de 2017, Egüez hizo campaña electoral pese a estar prohibida, además que dirigentes indígenas del MAS instruyeron votar por él en varias comunidades.
La resolución de la Sala Constitucional no se puede apelar, es de cumplimiento obligatorio e inmediato, pero el TSE aún no ejecutó el fallo. Sin embargo, el documento debe ser revisado en Sucre por el TCP, instancia que puede anular la determinación, confirmar o hacer correcciones al fallo. Según la norma, independientemente de esa revisión la orden debió ser acatada.
“Cuando tuvo conocimiento de la decisión de la Sala Constitucional de Beni (el 4 de noviembre, el TSE) preparó y presentó de inmediato una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional destinada a suspender los efectos de la decisión hasta que (esa misma instancia) revise el fallo”, señala parte de la respuesta que dio el TSE a las consultas realizadas por Página Siete.
El TSE sostiene que la presentación de esa medida cautelar “es una acción destinada a preservar elementos básicos del ordenamiento legal”; además, sostiene que presentaron “sólidos” argumentos para explicar que la petición de anular la designación de Egüez era inaplicable debido al tiempo transcurrido.
“En 2017, el TED de Beni rechazó dos denuncias de inhabilitación del candidato a la magistratura del Tribunal Supremo de Justicia por supuestas faltas electorales y en ese momento el TSE confirmó ambas resoluciones”, señaló el TSE sin detallar los fundamentos por los cuales se rechazaron esas denuncias.
“Sin embargo, más allá de esos aspectos, la razón fundamental por la cual el TSE interpuso la medida cautelar es para defender los pilares de la arquitectura jurídica electoral. Los actos de la elección judicial de 2017 son definitivos y precluyeron; es decir ya no son sujetos de posibles revisiones. Este principio genera certeza a todos los actores de que las autoridades elegidas en cualquier proceso electoral asumen sus cargos sin que su elección sea revisada ulteriormente, ni siquiera por el Órgano Electoral”, explicó en otra parte de su respuesta el TSE.
Por último, “el TSE considera que su actuación ante el Tribunal Constitucional es suficiente. Aguardaremos la definición de la medida cautelar, en el respeto entre poderes y de las competencias de las instituciones” concluyó el Órgano Electoral.
Antecedente 2017
- Denuncia Pese a la gran cantidad de pruebas, como las entrevistas difundidas en diciembre de 2017 por canales de televisión y los videos en los que se observa a Carlos Alberto Egüez hacer campaña electoral en tres comunidades de Beni, el Tribunal Electoral Departamental (TED) no lo sancionó de forma oportuna, por lo que hace dos semanas tres abogados presentaron una acción popular contra el Órgano Electoral.
- Suplente En la resolución, la Sala Constitucional de Beni ordenó al Tribunal Electoral que se anule la designación de Egüez y en su lugar asuma el cargo la magistrada suplente Mariana Montenegro, quien precisamente fue una de las víctimas de dichas irregularidades cometidas en 2017.
Los antecedentes señalan que en las elecciones judiciales de 2017, Egüez hizo campaña electoral pese a estar prohibida, además que dirigentes indígenas del MAS instruyeron votar por él en varias comunidades.
La resolución de la Sala Constitucional no se puede apelar, es de cumplimiento obligatorio e inmediato, pero el TSE aún no ejecutó el fallo. Sin embargo, el documento debe ser revisado en Sucre por el TCP, instancia que puede anular la determinación, confirmar o hacer correcciones al fallo. Según la norma, independientemente de esa revisión la orden debió ser acatada.
“Cuando tuvo conocimiento de la decisión de la Sala Constitucional de Beni (el 4 de noviembre, el TSE) preparó y presentó de inmediato una medida cautelar ante el Tribunal Constitucional destinada a suspender los efectos de la decisión hasta que (esa misma instancia) revise el fallo”, señala parte de la respuesta que dio el TSE a las consultas realizadas por Página Siete.
El TSE sostiene que la presentación de esa medida cautelar “es una acción destinada a preservar elementos básicos del ordenamiento legal”; además, sostiene que presentaron “sólidos” argumentos para explicar que la petición de anular la designación de Egüez era inaplicable debido al tiempo transcurrido.
“En 2017, el TED de Beni rechazó dos denuncias de inhabilitación del candidato a la magistratura del Tribunal Supremo de Justicia por supuestas faltas electorales y en ese momento el TSE confirmó ambas resoluciones”, señaló el TSE sin detallar los fundamentos por los cuales se rechazaron esas denuncias.
“Sin embargo, más allá de esos aspectos, la razón fundamental por la cual el TSE interpuso la medida cautelar es para defender los pilares de la arquitectura jurídica electoral. Los actos de la elección judicial de 2017 son definitivos y precluyeron; es decir ya no son sujetos de posibles revisiones. Este principio genera certeza a todos los actores de que las autoridades elegidas en cualquier proceso electoral asumen sus cargos sin que su elección sea revisada ulteriormente, ni siquiera por el Órgano Electoral”, explicó en otra parte de su respuesta el TSE.
Por último, “el TSE considera que su actuación ante el Tribunal Constitucional es suficiente. Aguardaremos la definición de la medida cautelar, en el respeto entre poderes y de las competencias de las instituciones” concluyó el Órgano Electoral.
Antecedente 2017
- Denuncia Pese a la gran cantidad de pruebas, como las entrevistas difundidas en diciembre de 2017 por canales de televisión y los videos en los que se observa a Carlos Alberto Egüez hacer campaña electoral en tres comunidades de Beni, el Tribunal Electoral Departamental (TED) no lo sancionó de forma oportuna, por lo que hace dos semanas tres abogados presentaron una acción popular contra el Órgano Electoral.
- Suplente En la resolución, la Sala Constitucional de Beni ordenó al Tribunal Electoral que se anule la designación de Egüez y en su lugar asuma el cargo la magistrada suplente Mariana Montenegro, quien precisamente fue una de las víctimas de dichas irregularidades cometidas en 2017.




