Medio: La Patria
Fecha de la publicación: jueves 26 de noviembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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“La Comisión de Admisión del TCP en virtud a lo establecido por los artículos del Código Procesal Constitucional resuelve: Improcedente el recurso contra la resolución del Órgano Legislativo interpuesto por Carlos Mesa (y asambleístas del partido)”, señala la parte resolutiva del documento, según el periódico digital Página Siete.
El primer argumento del TCP es que CC debió acudir al Legislativo. “Las autoridades nacionales tenían la posibilidad de solicitar al pleno de la Cámara de Senadores y Diputados la reconsideración del caso, y no lo hicieron, obviando el procedimiento establecido en su propio reglamento”, indica el documento.
El segundo es que CC en un plazo de 48 horas debió solicitar el tratamiento del tema en la primera sesión de la nueva legislatura. La primera sesión se realizó el 18 de noviembre, un mes después.
Finalmente, el tercer argumento: “Tan sólo alega que la alteración de las reglas de la votación, según la convivencia circunstancial de un partido político (…) con el agravante de que lo realizaron legisladores del MAS con mandato vencido y prorrogado”, señala el documento del TCP.
El TCP, indica que los parlamentarios no plantearon la reconsideración del caso en el Parlamento lo que incumple el requisito de procedencia para admitir el recurso que presentó Comunidad Ciudadana.
El 11 de noviembre la bancada de CC, presentó un recurso de inconstitucional contra la resolución que elimina los dos tercios de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).



