Medio: El País
Fecha de la publicación: miércoles 25 de noviembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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El auto constitucional tiene como fecha el 18 de noviembre de 2020 y está firmado por los magistrados de la comisión de admisión Elizabeth Cornejo, Lorena Gallardo e Iván Espada. Tras dividir su análisis desde el punto de vista de los asambleístas recurrentes y desde el de Carlos Mesa en su condición de presidente de la Directiva Nacional de la Alianza Comunidad Ciudadana, la comisión del TCP precisa que los parlamentarios "no acreditaron haber hecho uso del medio de impugnación idóneo" instituido en los reglamentos legislativos, es decir, no plantearon la reconsideración del caso en el Parlamento, lo que a su juicio incumple el requisito de procedencia para admitir el recurso.
Respecto a Mesa sostienen que en la acción no es posible apreciar cómo las resoluciones impugnadas vulneraron sus derechos como recurrente, y de qué manera o en qué medida se produjo la lesión; además, según el TCP, no se precisaron los derechos ni se señalaron a los titulares de los mismos. “Incumplimiento que provoca la improcedencia del recurso con relación al presidente de la Alianza Comunidad Ciudadana".



