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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 11 de noviembre de 2020
Categoría: Autonomías
Subcategoría: Autonomía Indígena
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De la convocatoria surgió un voto resolutivo con cuatro puntos. El primero respalda y defiende la autonomía municipal, vigente desde hace varios años. En el segundo, el cabildo rechaza el estatuto autonómico indígena, por haber sido construido sin el consenso de la población.
En el tercer punto, se conmina al Órgano Electoral Plurinacional a cumplir y hacer cumplir la declaración constitucional plurinacional 0005/2018, de la sala plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, que establece que la consulta para aprobación o rechazo del estatuto indígena sea a través de un referéndum.
Como último punto, el cabildo declara estado de emergencia en toda la jurisdicción municipal. Y en caso de no tener respuestas favorables, se iniciarán acciones de hecho, tales como paro cívico, bloqueo de caminos y otras medidas.
Sin norma escrita
Como Lomerío, son varios los territorios indígenas que atraviesan problemas de claridad y consenso, ya que el mayor respaldo son los usos y costumbres, no así la norma positiva, salvo cuando ya existe el antecedente de un estatuto.
En el caso de Lomerío, ese estatuto está en pleno proceso de construcción, pero con varias observaciones de parte de autoridades, como los cívicos y el alcalde de San Antonio, la comunidad más grande.
Según Ignacio Soriocó, burgomaestre de San Antonio, “se están creando nuevos patrones entre los indígenas, ellos quieren aprobar el estatuto sin consenso, eso es abuso de poder” y aludió a la Central de Comunidades Originarias de Lomerío (Cicol), organización matriz de la TCO.
Soriocó dice que las mismas personas manejan la institución dese hace más de tres décadas, y que hay ONG que generan división. “Captan recursos a nombre de los indígenas, tienen compromisos de sacar un producto y no les importa dividir al territorio con un estatuto mal elaborado, que discrimina y divide, es excluyente”, aludió.
El 6 de noviembre Soriocó envió una carta al Tribunal Supremo Electoral (TSE), exigiendo lo dispuesto en al artículo 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), que dice que “cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial, mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”.
Para el constitucionalista William Herrera, “el procedimiento es que el estatuto autonómico sea de aprobación por 2/3 y después eso va al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para ser oleado y sacramentado. Aunque otra cosa es el manejo interno o casero que tienen ellos”, dijo.
}De acuerdo con Herrera, ellos son como un Estado, podrían someter a referéndum cualquier tema, es un procedimiento constitucional sobre casos muy concretos.
Adolfo Chávez, de la Cidob Orgánica, lamentó que las acciones de los pueblos indígenas terminen judicializadas. “Esos desacuerdos deberían ser resueltos dentro de la vida orgánica de los pueblos indígenas”, adujo.