Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: martes 10 de noviembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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El abogado del Comité, Jorge Valda, explicó que la decisión se tomó debido a que el tribunal consideró que el Comité debía activar primero la vía administrativa antes de la constitucional.
Sin embargo, el abogado señaló que, a pesar de denegarse la tutela, en la audiencia el presidente del TSE, Salvador Romero, comprometió a que se entregaría toda la información que fuera requerida sobre el proceso electoral.
Consideró que con ese compromiso, la misma ciudadanía podrá realizar su contrastación y auditoría teniendo acceso amplio al Padrón, sistema informático, base de datos, almacenamiento, metadata, entre otra información al respecto.
“Si bien no se ha exhortado a que ellos realicen un proceso de auditoría, se ha establecido que la auditoría la pueda realizar la misma ciudadanía de forma independiente y sin ningún tipo de obstáculo”, destacó Valda en contacto con ERBOL.