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Medio: El Mundo
Fecha de la publicación: viernes 16 de octubre de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Salvador Romero, pidió ayer a la población que irá a emitir su voto el domingo, que preserve el secreto de su voto y no saque fotografías a sus papeletas cuando hayan votado por sus candidatos de preferencias.
“El voto secreto es uno de los principios fundamentales de la democracia y, por tanto, exhortamos a todos los ciudadanos a preservar el secreto de su voto y que, por supuesto, no fotografíen su papeleta marcada, es una exhortación muy fuerte del Tribunal Supremo Electoral”, sostuvo la autoridad electoral.
El pasado lunes circuló por las redes sociales un video donde un docente de una universidad privada de La Paz, pidió a sus estudiantes voten por un determinado candidato y envíen la fotografía como constancia de haber votado por dicha persona, sino caso contrario lo aplazaría.
RIGE AUTO DE BUEN GOBIERNO EN TODO EL PAÍS
Con la finalidad de resguardar y garantizar el orden para llevar un proceso electoral tranquilo, la Gobernación de Santa Cruz emitió un decreto departamental que tiene por objeto declarar auto de buen Gobierno a partir de las 00:00 horas del hoy viernes 16 de octubre hasta el mediodía del 19 de octubre de 2020
Para que la población conozca cuales son las medidas que debe acatar, la Gobernación lo ha resumido en 10 puntos importantes.
1. CERO CAMPAÑAS. Desde las 00:00 horas de ayer 15 de octubre de 2020 hasta las 18:00 horas del 18 de octubre de 2020, queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.
2. LEY SECA. Desde cuarenta y ocho horas antes y hasta las doce horas del día siguiente de las Elecciones Generales 2020, queda prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.
3. SIN ARMAS. Desde las 00:00 horas hasta la medianoche del día de las elecciones generales del 18 de octubre, queda prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas. No están comprendidas en esta prohibición las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional encargadas de mantener el orden público.
4.RESTRICCIÓN A NEGOCIOS. Desde las 00:00 horas hasta la medianoche del día de las elecciones generales 2020, queda prohibida la apertura de locales comerciales, restaurantes, patios de comida, supermercados y mercados.
5.NADA DE JUNTES. Desde las 00:00 horas hasta la medianoche del día de las elecciones generales queda prohibido realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.
6. CERO ACARREOS. Desde las 00:00 horas hasta la medianoche del día de las elecciones generales queda prohibido el traslado de electores de un recinto a otro por cualquier medio de transporte. En caso de presentarse este hecho se remitirán antecedentes al Ministerio Público conforme a lo dispuesto en la ley Nº 026.
7. SIN CIRCULACIÓN. Desde las 00:00 horas hasta las veinticuatro (24) horas del día de las elecciones generales queda prohibida la circulación de vehículos motorizados sean particulares, oficiales o de servicio público con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por el Tribunal.
8. TRANSPORTE INTERPROVINCIAL. Desde las 00:00 hasta las 24:00 horas del día domingo 18 de octubre de 2020, están prohibidos los servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en todo el departamento, exceptuando los viajes que realicen los servidores públicos del Órgano Electoral o de las fuerzas de seguridad en cumplimiento de sus funciones y aquellos vuelos internacionales que estén en tránsito.
9. MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD. Para evitar la propagación y contagio del Covid-19 se deben considerar todas las medidas de bioseguridad de la población que asistirá a los recintos electorales a fin de emitir su voto.
10. SANCIONES. El Órgano Electoral establecerá el monto de las multas pecuniarias y ante el eventual incumplimiento del pago, el arresto o trabajo social cuando corresponda, en caso de incumplimiento de alguna de las prohibiciones dispuestas por la Gobernación.



