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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 14 de octubre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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“Excepcionalmente se prorroga el mandato de la Presidenta del Estado Plurinacional, las y los Asambleístas de la Asamblea Legislativa Plurinacional y las Autoridades Electas de las Entidades Territoriales Autónomas elegidas para el periodo 2015-2020 hasta la posesión de las nuevas autoridades para el periodo 2020-2025”, señala el artículo 4 de la Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades Electas.
De acuerdo con el calendario electoral publicado por el TSE la posesión de las nuevas autoridades electas debe producirse el 14 de noviembre, si solo existe repetición de votación; pero si hay repetición de votación y segunda vuelta, los plazos se extienden hasta el 5 de diciembre para la posesión de las nuevas autoridades electas.
Se trata del periodo constitucional más extenso que se produce desde el retorno de la democracia (1982), pues con la antigua Constitución Política del Estado, el periodo constitucional duraba cuatro años. Con la nueva Carta Magna, el mandato de presidente, vicepresidente y asambleístas dura cinco años; ahora el periodo duró cinco años y 10 meses.
De acuerdo con el inciso III del artículo 23 de la Ley 1266, Ley de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de Elecciones Generales, del 24 de noviembre de 2019, las autoridades electas deben ser posesionadas en un plazo máximo de 15 días después de la entrega de credenciales. “A partir de la entrega de credenciales se deberá posesionar a las Autoridades Electas en un plazo máximo de quince (15) días calendario”, señala la norma.
El TSE presentó el Calendario Electoral reformado en agosto de este año y en el mismo se configuran seis posibles escenarios para las elecciones: el escenario más optimista es el que no contempla repetición de elecciones y tampoco segunda vuelta; en ese caso hasta el 30 de octubre se realizaría la entrega de credenciales y el 14 de noviembre la posesión de las nuevas autoridades electas.
El segundo escenario prevé la repetición de votación y sin segunda vuelta, en ese caso la posesión está prevista para el 5 de diciembre. La tercera posibilidad es no repetir la votación, pero contempla la segunda vuelta, en ese caso solo se esperaría a los candidatos presidenciales, los legisladores serían posesionados también hasta el 5 de diciembre.
Los otros dos escenarios contemplan repetición de votación en algunas mesas, segunda vuelta y repetición de votación en segunda vuelta, en cualquiera de esas posibilidades solo se espera a los presidenciables que deben ser posesionados máximo el 30 de diciembre de este año.