- El Día - CIDH deniega medidas de protección para vocales electorales y Tahuichi lamenta que es “un balde de agua fría”
- El Potosí - CIDH deniega medidas de protección para vocales
- Correo del Sur - Piden al TSE anular la personería del MAS
- El Diario - CIDH rechaza solicitud de protección de vocales electorales
Medio: Jornada
Fecha de la publicación: viernes 02 de octubre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
Lead
Contenido
Existen definiciones e interpretaciones sobre el concepto Justicia, todas coinciden en que es la búsqueda de la verdad, la imparcialidad y la equidad.
También hay consenso en que es el conjunto de Leyes, reglamentos y normas en general que el Estado aprueba por sus mecanismos competentes, bajo el respeto a las previsiones de la Constitución Política del Estado, que es la Ley de Leyes y está por encima de toda otra norma. Ningún Magistrado, Vocal, juez, debe constituirse «en parte» o actuar como «parte» en las acciones que se presentan ante los juzgados. Son las partes, las que deben y tienen que responder u objetar los litigios. Indudablemente que existen jueces probos, correctos, pero estos son muy pocos.
Pero cuando se trata de la administración de justicia en nuestro país, generalmente es para deplorar los desvíos e incumplimiento de las normas, y rara vez, por sus fallos acertados o por el cumplimiento de principios.
Por ello preocupa a todos los pensantes y con sabiduría doctrinaria y filosófica del alcance de administración de «justicia para todos» -para quienes interponen demandas civiles o querellas penales y para quienes deben defenderse- que se denuncie transgresiones de magistrados, vocales y jueces y que se dé a conocer los «tejemanejes» de consocios de jueces, fiscales, abogados y policías, o que se atente contra disposiciones de la Constitución Política del Estado que establece la prohibición expresa de la reelección Presidencial por más de una vez. O que se incumpla la aplicación de disposiciones claras como el mandato de la Ley 026 de Régimen Electoral, que en el Art. 136 prohíbe la difusión de encuestas en materia electoral si son financiadas o realizadas por los partidos o los candidatos. El inciso III de ese Artículo, textualmente señala que «Las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica…».
Por ello extraña que una juez que atiende una causa muy delicada, como es la denuncia del fraude electoral, haya dispuesto la libertad de la principal presunta responsable a sabiendas de que varios de sus cómplices fugaron del país o se asilaron.
Frente a esa situación, el Viceministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción presentó denuncia por prevaricato y resoluciones contrarias a las Leyes en contra de la juez Quinto en lo Penal Cautelar de La Paz, que benefició con detención domiciliaria a la expresidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), María Eugenia Choque, principal responsable por el presunto fraude electoral de 2019 y que además declaró que hubo el corte de energía eléctrica y que se paró el conteo de votos por más de diez horas habiendo ingresado al centro informático Marcel Guzmán de Rojas, dueño del sistema y que cobraba alquileres suculentos por el sistema al que hasta la fecha, los fiscales y la juez indicada, no le apercibieron con mandamiento de aprehensión para que responda sobre las responsabilidades que pesan contra suya, toda vez que se lo acusa de haber alterado los resultados de las elecciones.
Después de casi tres años, se denuncia a los «exmagistrados», todos militantes del MAS, que favorecieron el supuesto derecho de Evo Morales a ser candidato indefinidamente, que está en contradicción con los Derechos, Principios y Valores fundamentales de las personas y de lo que determinó la Corte Internacional de Derechos Humanos, que hace poco dio a conocer una resolución por la que se especifica que la reelección indefinida de candidatos, como el de Evo Morales Ayma, no es un derecho humano, que no está contemplado como derecho humano, por lo cual las elecciones de octubre de 2019 inobjetablemente se comprende que no fueron licitas ni transparentes y que al haber denunciado la OEA el fraude, está plenamente demostrado ese accionar delictivo y oneroso para la economía nacional, motivos por los cuales todos los integrantes del exTSE, que presidia Choque y el nefasto ingeniero de sistemas Antonio Costas, así como los dirigentes del MAS, deben ser conminados a que devuelvan al Estado boliviano los muchos millones de bolivianos que significó como gasto dichas elecciones, dineros que bien podían haber servido para construir unos diez hospitales de cuarto nivel en Bolivia.
El actual Tribunal Electoral, visto lo anteriormente demostrado, sin medias tintas ni cálculo político, aplicando normas legales, debe interponer las acciones civiles y penales contra dichos excandidatos que efectuaron tráfico de influencias y contra los ex magistrados de 2017 que emitieron la sentencia Nº 084/2017.
El Gobierno de Jeanine Añez anunció que iniciará juicio de responsabilidades contra los exmagistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que emitieron el año 2017 el fallo irrito, inconstitucional, que habilitó, arbitrariamente, a Evo Morales para repostularse de forma indefinida.
El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez señaló «que esa sentencia ilegal no puede quedar en la impunidad».
Los exmagistrados que aprobaron la sentencia arbitraria y contra toda vigencia constitucional Nº 084/2017 son: Neldy Andrade, Zenón Bacarreza, Mirtha Camacho, Macario Lahor Cortez, Ruddy Flores y Oswaldo Valencia, que ya deberían estar en el banquillo de los acusados, a quienes se les tendrá que inhabilitar y prohibirles, por los Tribunales de Honor de los colegios de abogados, el ejercicio de la abogacía. Hay que sentar un precedente histórico para que nunca más se repita esa clase de actitudes dictatoriales, tiránicas, toda vez que fueron los que causaron la desgracia nacional.
Núñez cuestionó que dichos sujetos procesales hubieran asumido esa determinación, a pesar de lo que manda la CPE y del referendo constitucional, del 21 de febrero de 2016, en el que el los bolivianos rechazaron la reepostulación de Morales y García Linera.
Cabe recordar que esos exmagistrados no obtuvieron ni el 20 % de apoyo de la población, pues los votos en blanco y nulos fueron del 80% en su contra.
Todas las encuestas nacionales y estudios internacionales coinciden en dar una calificación muy baja a la administración de justicia actual, y su credibilidad ha quedado desmoronada.