Medio: Oxígeno Digital
Fecha de la publicación: miércoles 30 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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El TCP deberá definir la constitucionalidad del artículo que sanciona la difusión de encuestas por parte de las organizaciones políticas. El MAS, Creemos y CC tienen denuncias en su contra ante el TSE.
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) resolvió admitir el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en contra del artículo 136 parágrafo III de la Ley de Régimen Electoral, referida a la difusión de encuestas por parte de las organizaciones políticas.
En específico, el mencionado artículo de la Ley señala que “las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica; además, serán sancionadas con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de tales estudios”.
En ese artículo se basaron algunos detractores del Movimiento al Socialismo (MAS) para denunciar al candidato de ese partido, Luis Arce, ante el TSE, pues consideran que este difundió resultados de una encuesta interna en una entrevista televisiva.
Los denunciantes piden que se anule la personería jurídica del MAS, por lo que no podría participar de las elecciones del próximo 18 de octubre.
No obstante, el MAS contraatacó y a través de su representante, el abogado Wilfredo Chávez, presentó ante el TCP un recurso de inconstitucionalidad en contra del artículo 136 parágrafo III de la Ley de Régimen Electoral.
En ese sentido, el TSE reveló que hay denuncias similares en contra de otras organizaciones políticas, como Creemos y Comunidad Ciudadana, a demás de la ya extinta alianza de Juntos. Por eso, la Sala Plena del Órgano Electoral resolvió hacer suya la acción de inconstitucionalidad en contra del mencionado artículo de la Ley de Régimen Electoral y presentó ese mismo recurso ante el TCP.
Por eso, el TCP decidió admitir el recurso del TSE y, al mismo tiempo, rechazar la presentada por Wilfredo Chávez.
De la decisión del TCP, respecto a la constitucionalidad o no de dicho artículo, dependerá de que se sancione al MAS, Creemos y Comunidad Ciudadana.
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