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Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: miércoles 30 de septiembre de 2020
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Eliana Uchani/Periódico Bolivia
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no definió un plazo exacto para conocer una resolución sobre el tema de la reelección, pero el Gobierno consideró que en tres meses se tendrá resultados que serán de carácter vinculante.
El subprocurador Alejandro Roda explicó que, tras la conclusión de las intervenciones en los tres días de audiencia, los miembros de la corte evaluarán los argumentos y recién emitirán un pronunciamiento.
“No están establecidos los plazos para el pronunciamiento de la Corte. Después de los tres días de audiencia pública, la Corte entrará a deliberar y nosotros estimamos que en un periodo no mayor a dos a tres meses va a emitir un pronunciamiento”, señaló el Subprocurador en contacto con Erbol.
Desde el lunes inició el 138 Periodo Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el que se programó una audiencia pública de la solicitud de opinión consultiva sobre la figura de reelección, que fue presentada por el Gobierno de Colombia.
Durante el primer día, el Gobierno de Colombia presentó los argumentos en la que señaló que la reelección no puede ser considerada un derecho humano. La delegación boliviana también explicó las observaciones y puso en debate el fraude electoral orquestado por el régimen de Evo Morales.
En el segundo día de las audiencias, fue el turno de las organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas que se presentaron a título individual. La presidenta de la Corte, Elizabeth Odio Benito, señaló que esta audiencia continuará este miércoles, donde participarán otras organizaciones.
La Fundación Para el Debido Proceso (DPFL, por sus siglas en inglés), con sede en Washington, Estados Unidos, presentó un amicus curae el 20 de julio, con relación al tema de la reelección, en el que señala que no existe un derecho humano específico y diferenciado a la reelección.
Resolución vinculante
Por otra parte, el Subprocurador señaló que la resolución que emita la corte es de carácter vinculante y la sentencia emitido por Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el 2017 deberá quedar sin efecto.
“Será de carácter vinculante por el bloque de constitucionalidad y ahí quedaría sin efecto la famosa y aberrante sentencia constitucional 084/2017, que tanto daño nos hizo al Estado boliviano y no solamente al Estado boliviano, ha causado mucho daño al sistema interamericano de derechos humanos y a todo el conjunto de los países miembros de la Organización de Estados Americanos”, puntualizó Roda.
La sentencia
La sentencia 084/2017 del TCP dio vía libre a la repostulación indefinida de Evo Morales y otras autoridades electas del país en función a lo que establece el Pacto de San José de Costa Rica.
El artículo 23 de la Convención establece que todos los ciudadanos tienen derecho de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; además de votar y “ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.




