Medio: El Día
Fecha de la publicación: lunes 28 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
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Producida la primavera boliviana por la que la ciudadanía expulsó a su principal beneficiario –fraude electoral flagrante de por medio- en noviembre del año pasado un grupo de constitucionalistas impetramos ante el actual TCP exponiendo razones jurídicas constitucionales, la nulidad de aquel esperpento jurídico, restableciendo de esa manera el Estado constitucional de Derecho y la vigencia de la Constitución violada. La petición fue respaldada por cerca de un millar de ciudadanos que luego se adhirieron formalmente. Días antes otros juristas presentaron una breve nota en ese sentido y, luego varias peticiones similares fueron también incoadas, incluyendo también a la Procuraduría General del Estado.
Aunque incluso su Presidente anunció ante los medios que hasta diciembre del año pasado el tema sería resuelto, al presente –septiembre del año siguiente- no existe humo blanco desde el TCP. Su ley procesal, que debía dar ejemplo de cumplimiento, impone el principio de celeridad que les obliga resolver los procesos evitando dilaciones e incluso, fija plazos para emitir resoluciones que hoy 10 meses después están abundantemente vencidos, pese a que también obliga a sus Magistrados resolver motivadamente todos los asuntos sometidos a sus estrados. Naturalmente, la CPE –de la que son ellos sus principales guardianes- consigna la garantía de la tutela judicial efectiva (debe producir los efectos previstos) y oportuna (en plazo razonable). Nada de eso se ha cumplido hasta el momento.
Es que por su significado no sólo jurídico sino político, no cabe duda alguna que esa SCP No. 084/2017 fue el estandarte del régimen tiránico del Sr. Morales y constituye la mejor prueba del impúdico sometimiento de aquellos juristas del horror, a su amo que indebidamente los eligió y luego, les cobró la factura, entre otras. Entonces, mantenerla blindada es rendirle culto y anularla, exactamente lo contrario: el Derecho Constitucional es la rama más política de la ciencia del Derecho, en la cabal expresión del término.
Más allá de las comprensibles reservas de algunos colegas sobre los alcances de lo peticionado en relación con la cosa juzgada, omitiendo reparar en que universalmente no se logra ese estado a través de la grosera vulneración de derechos fundamentales, el desconocimiento de la voluntad ciudadana expresada en un referéndum vinculante y otras consideraciones expuestas en nuestra petición; resulta que el TCP está constitucional y legalmente obligado a dar una respuesta –afirmativa o negativa, exponiendo sus razones jurídicas- a esas diversas peticiones formuladas: ¿Por qué no lo hace pese al abundante tiempo transcurrido? ¿Está blindando aquel esperpento en espera de mejores días para el MAS que burlando la voluntad ciudadana expresada en las elecciones judiciales les rechazó y pese a ello están orondos en sus cargos? ¿Siguen cumpliendo instrucciones desde Bs. As y/o de la embajada mexicana en la sede?
A esta altura del trámite, los actuales Magistrados del TCP están incumpliendo demostrablemente sus deberes legales y constitucionales, rifando la mejor oportunidad para –en alguna medida- redimir el peor producto producido por el indigno sometimiento de sus predecesores, consagrados como juristas del horror al servicio no de la CPE, los IIII y la ley, sino al poder partidario que los puso de MASistrados. ¿Darán la talla o confirmarán también, de su parte, esa denigrante condición? Es hora que el TCP asuma su verdadero rol y termine con el holocausto jurídico que sus antecesores causaron, huyendo de aquello del Padre José Gramunt de Moragas S.J.: “El curso diabólico de la injusticia que campea en los tribunales del país”.