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Medio: Ahora el Pueblo
Fecha de la publicación: lunes 28 de septiembre de 2020
Categoría: Debate sobre las democracias
Subcategoría: Repostulación presidencial / 21F
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A partir de este lunes y durante tres días, los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) deben emitir una opinión consultiva sobre la reelección indefinida. ¿Se trata realmente de un derecho humano? Este recurso tramitado por Colombia es uno de los más importantes para la región y, especialmente, para Bolivia donde Evo Morales usó la Convención Interamericana de Derechos Humanos para legalizar su eternización en el poder.
Las democracias son un proceso constante de contradicciones y diálogos que se construyen sobre la base de un sistema de derechos; se trata de un sistema imperfecto que, de todas formas, se asienta sobre cimientos principistas como es la independencia de poderes, la alternancia en el poder, un sistema de partidos y la posibilidad del soberano de elegir de manera libre y sin presiones. El dinamismo democrático constituye pues la posibilidad de la renovación periódica de los poderes.
Esta sea quizá una de las reflexiones que se escuchen durante las tres sesiones en las que la Corte IDH elaborará la respuesta sobre la reelección indefinida. La audiencia pública comenzará de manera virtual a las 10.30 en Bolivia y continuará el 29 y 30 de septiembre a partir de las 10.00.
Los objetivos de la Solicitud son, según un reporte de la Corte IDH, la caracterización de la reelección presidencial como un presunto derecho humano protegido por la Convención Americana; la capacidad de los Estados para limitar o prohibir la reelección presidencial y, en particular, si ello restringe ilegítimamente los derechos de los candidatos o de los electores.
Los jueces también deben resolver o identificar los efectos que generaría permitir la permanencia de un gobernante en el poder mediante la reelección presidencial indefinida sobre los derechos humanos de las personas que se encuentran bajo la jurisdicción de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos, y en particular, sobre sus derechos políticos.
Como bien se recordará, Evo Morales y el Movimiento Al Socialismo (MAS) apeló a la Convención Americana de Derechos Humanos para convalidar la reelección sin límites legales, pues se agarró del derecho político de elegir y ser elegido, establecido en ese instrumento internacional, para justificar la nulidad del límite constitucional que le impide postularse consecutivamente. La norma internacional es general y ampliamente garantista.
Pero mire bien, estimado lector, la Constitución Política del Estado fue fruto de un amplio proceso constituyente a través del cual se fijaron los principios del país. Desconocer los preceptos legales, además asentados en una amplia mayoría, ya constituye cuando menos una irregularidad. Y es que Morales solía instruir a sus abogados, ante la eventualidad de un problema normativo, que “le metan nomas”.
La Corte IDH analizará las implicaciones que tiene contra los Derechos Humanos la posibilidad que un gobernante se quede en el cargo a perpetuidad, más aún cuando existe un referéndum constitucional que le negó a Morales volver a postularse. Los magistrados no llegarán a esos detalles, pero darán una orientación general sobre los valores democráticos y cómo éstos logran dialogar con los derechos humanos.
Como todos los fallos de esta entidad, la respuesta a la consulta será vinculante e inapelable. De este modo, el tema podrá ser asimilado por la jurisprudencia boliviana. El país tiene derecho a elegir y a que su gobierno se renueve sobre la base de sistemas gubernamentales más transparentes y probos. Esta es la proyección.



