Medio: La Estrella del Oriente
Fecha de la publicación: domingo 27 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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La denuncia presentada por la senadora Carmen Eva Gonzalez contra el candidato Luis Arce y su partido Movimiento Al Socialismo (MAS), habría sido admitida por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz, lo cual sería el antecedente para que el Tribunal Supremo Electoral pudiera anular la sigla de ese partido. En pasado 17 de julio, Gonzalez, senadora por Pando, presentó la denuncia contra Luis Arce y el MAS ante el TSE por haber difundido, presuntamente, una encuesta interna fuera del periodo establecido por el calendario electoral. El Órgano Electoral remitió el caso al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). Ayer, Jorge Tama-yo, abogado de la senadora, informó que la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz admitió la acción de cumplimiento. Según reportó Tamayo a Radio Fides, el próximo 5 de octubre se convocará a una audiencia de consideración del recurso de cumplimiento. “En caso se nos otorgue la tutela (…) vamos a obligar, mediante una re-solución constitucional a que el Tribunal Supremo Electoral cumpla la Constitución y la ley 026 en su artículo 136 e inhabilite la candidatura del señor Luis Arce Catacora”, adelantó Tamayo. En julio, Luis Arce fue entrevistado en AbyaYala, por el presentador Enrique Salazar, cuando le preguntó sobre la posición del MAS en las encuestas, Arce respondió señalando lo que ya era público, la diferencia de 18 puntos con el segundo candidato, Carlos Mesa. Después de la entrevista, otros candidatos presentaron diferentes denuncias ante el Tribunal Supremo Electoral para que se sancione a Arce y el MAS. El antecedente que se tiene de este tipo de sanción ocurrió en 2015, en las elecciones subnacionales con el partido Demócratas. En esa ocasión, Carmelo Lens difundió una encuesta a los me-dios de comunicación, un hecho totalmente distinto. Al haber difundido información primicial sobre una encuesta interna, los 228 candidatos del departamento del Beni fueron anulados. El TSE decidió derivar esa y otras denuncias similares en contra de otras organizaciones políticas como Juntos y Comunidad Ciudadana al TCP. Juntos ya se retiró de la contienda electoral. El argumento legal de impugnación al MAS es que supuestamente transgredió el artículo 136, parágrafo 3, de la Ley 026 de Régimen Electoral, que en su parte pertinente dispone: “las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica”. Por su parte, el MAS circuló un comunicado negando que Arce haya difundido encuestas in-ternas, respetando lo que establece la norma, y que solo respondió con “generalidades” a las preguntas del periodista Salazar. En un pronunciamiento titulado “El MAS-IPSP frente a la mentira y los intentos de proscripción”, de fecha 18 de julio, la Dirección Nacional del MAS enfatizó que el artículo 136 lo que prohíbe es “difundir estudios de opinión”, cuando lo que habría he-cho Arce es participar en una entrevista “en la que el periodista pregunta generalidades y él responde generalidades. En la entrevista no se difundió ningún estudio de opinión”. El MAS aseveró también que la entrevista a Arce se enmarca en la actividad de presentación de los candidatos en medios de comunicación, donde, insistió, se procede bajo “los principios de acceso a la información, deliberación democrática, participación informa-da, libertad de expresión y máxima publicidad”.