Medio: El Deber
Fecha de la publicación: viernes 25 de septiembre de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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El documento señala que, considerando la disolución y extinción de la alianza que postulaba a la presidenta Jeanine Áñez, que no participará de las elecciones del 18 de octubre, el ente electoral toma tres determinaciones.
“En el caso eventual de que la alianza Juntos obtenga votos en la franja de la papeleta de candidatos a presidente diputados uninominales y de circunscripción especial, estos serán computados como 'Nulos' por los jurados electorales en las hojas de trabajo, en el acta electoral de escrutinio y conteo de la mesa de sufragio y todo material electoral que tenga alcance de registro de votos”.
Además, advierte que los materiales electorales mencionados llevarán tres (3) XXX con tramado plomo en la casilla de cómputo de votos obtenidos por las candidaturas a presidenta, diputados uninominales y circunscripción especial de la alianza Juntos.
Mientras tanto, la franja de delegados de la alianza Juntos será suprimida del acta electoral y del conteo de votos.



