Medio: Los Tiempos
Fecha de la publicación: miércoles 23 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Órgano Judicial
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“Por tanto, la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sin ingresar a mayores consideraciones de orden legal, resuelve: denegar la tutela solicitada por el accionante Diego Pary Rodríguez por no haberse vulnerado derecho o garantía constitucional alguno”, señala la parte resolutiva de los vocales, citada por el diario Correo del Sur.
La publicación del medio chuquisaqueño explica que los dos vocales Israel Campero y Miryam Aguilar no lograron un voto uniforme sobre la solicitud del accionante Diego Pary: el primero resolvió por otorgarle la tutela para que siga en carrera y su colega votó por la denegatoria de la solicitud.
Tuvieron que convocar a un vocal dirimidor, Heriberto Pomier Madriaga, quien se inclinó por la determinación de su colega Aguilar, con el que se resolvió que el excanciller quede fuera de los comicios de este año.
La exautoridad diplomática demandó la vulneración de sus derechos políticos, luego que el 20 de febrero, el TSE lo inhabilitara por no cumplir con el requisito de residencia permanente.