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Medio: ERBOL
Fecha de la publicación: miércoles 23 de septiembre de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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“Solicito a su autoridad iniciar las acciones correspondientes a efecto de sancionar al candidato presidencial por el Frente para la Victoria (FPV), Chi Hyun Chung, por expresar abiertamente, como propaganda y promoción de la organización política que representa, manifestaciones estigmatizantes y discriminatorias hacia la población con diversa orientación sexual e identidad de género así como contra las mujeres”, señala la Defensora del Pueblo Nadia Curz, en su nota al TSE.
Según la Defensoría, Chi incurrió en expresiones estigmatizantes y discriminatorias en contra del colectivo LGBT. Asimismo, criticó las declaraciones de ese candidato en contra de las mujeres, puesto que refuerza actitudes de desigualdad y discriminación que naturalizan la subordinación de esta población.
El pronunciamiento surge por declaraciones que hizo Chi cuando en una entrevista televisiva manifestó que “(Las personas TLGB) tienen disturbios psicológicos, disturbios en su familia, disturbios en su propio ser” y que “un 90% de las personas que están metidas en LGBT están en la prostitución, y por algo están en la prostitución”
Con respecto a las mujeres, el candidato señaló que “el rol de las mujeres en la sociedad debe ser cuidar a los varones”.
La Defensoría del Pueblo considera que “dichas declaraciones lesionan la dignidad de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género, y generan una estigmatización hacia ellas con lo cual fomentan su discriminación”.
Asimismo, cuestiona que “las declaraciones emitidas en contra de las mujeres sitúan a éstas en un contexto de subordinación y patriarcado, mostrando una actitud de poder y dominio sobre ellas, desconociendo que las mujeres por principio legal, deben recibir la atención que sus necesidades y circunstancias específicas demanden, con criterios diferenciados que aseguren el ejercicio pleno de sus derechos”.
Las declaraciones de Chi, según la Defensoría, contravienen la Ley Electoral y, además, incurren en una conducta sancionada en la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación. En ese sentido, dijo Cruz, existe una obligación constitucional para el Estado de sancionar toda forma de discriminación; razón por la que debe ser inmediatamente censurada por el Órgano Electoral con la aplicación de la sanción correspondiente.



