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Medio: Nuevo Sur
Fecha de la publicación: miércoles 23 de septiembre de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunal Supremo Electoral (TSE)
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Los observadores deben hacer conocer por escrito al TSE sobre cualquier reclamo anomalía o queja que recibieron o detectaron durante la jornada electoral, señala uno de los primeros deberes. Asimismo, deberán abstenerse de realizar comportamientos incompatibles con su condición de acompañante.
El reglamento les prohíbe declarar ganador o perdedor a ningún candidato, “ni difundir o comentar resultados de encuestas, ni ofrecer resultados preliminares o definitivos parciales o totales, proyecciones sobre las votaciones, difundirlos públicamente antes de que el Tribunal Supremo Electoral se haya pronunciado al respecto”, señala el inciso i del artículo 9.
Deben abstenerse de participar en situaciones de conflicto de intereses y también no podrán mediar, resolver, ordenar, opinar o discutir sobre situaciones que pudiesen suscitarse en las mesas de sufragio o durante el escrutinio y cómputo.
Tampoco podrán intervenir o interrumpir la instalación, conformación y el trabajo de los jurados de las mesas de sufragio.
Los observadores tendrán acceso a todos los lugares o centros de votación para realizar su trabajo; pero no será lo mismo para los acompañantes, porque el reglamento señala que el TSE, “podrá limitar el acceso a los acompañantes de observadores a lugares donde se realicen actividades propias del proceso electoral, por razones de seguridad, espacio físico, logística, distancia social, por razones de salud pública o por la naturaleza de las operaciones que allí se realicen”.
Según las autoridades del TSE, al menos cuatro misiones internacionales de observadores estarán en el país. Hasta el momento ya confirmaron la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Unión Europea, cuya avanzada ya llegó al país y se reunió con las autoridades nacionales.
Los derechos
En el caso de los derechos para los veedores, los vocales decidieron que estos podrán tener acceso a la documentación legal en materia electoral y también podrán tener acceso a comunicación directa con los partidos políticos, candidatos, alianzas u otras organizaciones y ciudadanía en general.
Los tribunales departamentales y el mismo TSE deben entregar información oficial sobre el proceso electoral y el resultado de la votación en los términos que fija la normativa electoral; también podrán acceder a los recintos de votación desde la instalación de las mesas de sufragio hasta el escrutinio y el cómputo.
Los veedores tendrán acceso a los centros de cómputo departamental y nacional. Asimismo, podrán recibir denuncias o quejas de cualquier ciudadano, entidad, organización política o Alianza, sin embargo, las mismas deben ser comunicadas al órgano electoral y junto con la respuesta oficial serán consideradas en su informe de acompañamiento.
Los vocales decidieron dividir en dos las misiones, aquellas que figurarán como “acompañamiento electoral” y las de “observación electoral”. En el caso de las primeras, incluso podrán realizar su tarea a través de medios digitales y sus informes o recomendaciones no son vinculantes. No es el caso de los observadores que desplegarán equipos enteros dentro y fuera del país.



