Medio: Página Siete
Fecha de la publicación: lunes 21 de septiembre de 2020
Categoría: Institucional
Subcategoría: Tribunales Electorales Departamentales (TED)
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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Es el caso de La Paz, donde se vieron largas filas en el Tribunal Electoral Departamental, muchos ciudadanos desconocían que el TSE hubiera habilitado la plataforma para que los trámites sean realizados por es vía, otras personas indicaron que no tienen manejo de aplicaciones virtuales y que prefieren hacer el trámite de manera personal.
"Si bien la tarea como Jurado es de cumplimiento obligatorio y constituye una alta responsabilidad democrática pues representa la primera garantía de la limpieza del proceso electoral, existen causales por las cuales un ciudadano podría excusarse. La presentación de las excusas puede presentarse hasta el domingo 27 de septiembre, ya sea en las oficinas de los Tribunales Departamentales o por vía virtual", señala el TSE a través de una nota de prensa.
Las causales de excusa previstas por la Ley Nº 018 del Régimen Electoral son las siguientes: Enfermedad, embarazo, fuerza mayor, caso fortuito (accidente, viaje fuera del país, cambio de destino laboral), ser dirigente de organizaciones políticas o tener candidatura en las elecciones.También pueden excusarse las personas que el día de la elección prestan servicios públicos o privados indispensables.
La persona que deba excusarse necesita presentar una carta explicando las causales y adjuntando documentación de respaldo como certificado de trabajo, certificado médico, pasajes, entre otros documentos que respalden la imposibilidad de cumplir con dicho deber ciudadano.
Plataforma
Ingresando al portal web del Órgano Electoral Plurinacional https://excusajurados.oep.org.bo/, el ciudadano accede a la plataforma digital y realiza el procedimiento para la excusa siguiendo ocho pasos, adjuntando los documentos justificativos.
Inicialmente el ciudadano debe ingresar sus datos personales y llenar el Formulario de Excusa. El sistema realizará la validación y verificación del correo electrónico que debe incluir los datos de ubicación del recinto electoral. En el siguiente paso se selecciona la causal de excusa, lo que despliega los requisitos. Los documentos de justificación deben ser adjuntados en formato JPG o PDF. El sistema genera la constancia de registro. El Tribunal Electoral estudiará la solicitud para aceptarla o denegarla.
En una segunda fase, se obtiene la verificación ingresando al portal web con los datos del ciudadano y obteniendo el certificado digital. De requerir el Certificado de Excusa original la persona puede acudir al Tribunal Electoral Departamental.
La Paz
El Tribunal Electoral Departamental de La Paz también informó que las personas seleccionadas como jurados electorales podrán excusarse en el plazo de siete días calendario posterior a la publicación de la lista de jurados, la misma que se realizó ayer domingo.
Para ese objetivo deben presentar sus excusas por escrito ante la Secretaría de Cámara de del tribunal departamental, adjuntando la documentación de respaldo. En las zonas rurales se debe presentar las mismas ante un notario electoral de cada jurisdicción.
Los trámites se pueden realizar entre este lunes 21 y el 28 de septiembre. En los casos de enfermedad probada y certificada, estado de gravidez, fuerza mayor, caso fortuito comprobado, ser dirigente o candidato de alguna organización política.
Sanciones
En caso de la inasistencia injustificada a las juntas de jurados, la multa será establecida con el 5 al 30% del descuento del salario mínimo nacional.
Lo mismo en el caso de la ausencia en la mesa de sufragio, incumplimiento en el horario de instalación o cierre de la mesa, falta de asistencia a adultos mayores al momento de la votación o la no entrega de todo el material a la conclusión de la jornada electoral.
Además se sancionará con un descuento de hasta el 50% del salario mínimo a quienes no firmen el acta o incurran en la inasistencia injustificada, entre otros puntos a sancionarse.