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Medio: Opinión
Fecha de la publicación: sábado 19 de septiembre de 2020
Categoría: Organizaciones Políticas
Subcategoría: Democracia interna y divergencias
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"El proceso de impresión de las papeletas está muy avanzado, esto es de información pública. Y por lo tanto, la impresión continuará con las características que ya tiene y bajo ninguna circunstancia se modificarán las papeletas que ya están en proceso de impresión", afirmó el presidente del Órgano Electoral, Salvador Romero.
La autoridad señaló que las papeletas se distribuirán en los recintos de votación del territorio nacional y el exterior.
"Hay tiempos logísticos y técnicos que el Tribunal Supremo Electoral debe asegurar para tener todo adecuadamente distribuido para un desarrollo, sin contratiempos, de las elecciones del 18 de octubre", explicó.
Por otro lado, aguarda la oficialización de su dimisión a la candidatura y luego de ese trámite, la entidad electoral emitirá un pronunciamiento al respecto.
"Hasta el momento, no tenemos un conocimiento jurídico oficial de la renuncia (de la candidatura de la presidenta), es decir todavía no ha sido presentada la renuncia (de la presidenta Áñez) ante el Tribunal Supremo Electoral. Por lo tanto, vamos a aguardar a que se produzcan los hechos de forma jurídica para pronunciarnos", afirmó.
Romero señaló que si se consolida la dimisión se adoptarán todas las decisiones técnicas, operativas y jurídicas que correspondan.
Al respecto, el ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, aclaró que la alianza Juntos definirá si en esta jornada o la próxima semana oficializará ante el TSE la renuncia de Áñez a su postulación presidencial.
"Esa es una decisión que la tienen que tomar la alianza si lo presentará este viernes o el lunes y les haremos conocer. Pero, el pueblo boliviano conoce que ella ya no va como candidata", explicó.
En esa línea, el vicepresidente del Órgano Electoral afirmó que una vez que se oficialice la medida se conocerá si la renuncia de Juntos es a la candidatura del binomio presidencial o se trata de un retiro de la organización política de la carrera electoral.
Entre tanto, para el ministro de Gobierno, Arturo Murillo, “los (candidatos a) diputados uninominales pueden continuar en carrera y eso no perjudica el voto hacia quién pueda llegar a la Presidencia, porque es un voto directo.
Entonces ellos pueden seguir en carrera, no necesitan pedirles que se bajen ni mucho menos".
Así lo explicó en contacto con Panamericana al referirse a que no afectan al voto presidencial.
UNA SANCIÓN La exvocal Dina Chuquimia, consultada por Urgente.bo, dijo que Áñez puede ser sancionado con un multa económica por haber disuelto la alianza que estaba conformada por Soberanía y Libertad (Sol.bo), Todos, Unidad Nacional (UN) y los Demócratas.
Si bien, los partidos no pierden la personalidad jurídica, deben cancelar un monto económico que debe ser establecido por Sala Plena del TSE, explicó a tiempo de recordar que ninguno de los candidatos puede volver a presentarse como candidato de otra organización política.
Manifestó que para que se disuelva una organización política, Juntos debió haber participado de una justa electoral. El artículo 58 de la Ley de Organizaciones Políticas dice en su inciso a) que una para que se extinga la personalidad jurídica a un partido u organización política se “debe extinguir el partido o la agrupación ciudadana”.
Según el experto en temas electorales, Carlos Cordero, los partidos que conformaban la alianza, tienen la opción de participar en las elecciones subnacionales.
“No pierde la personería, pero sí serán sujetos de una multa pecuniaria porque ya las papeletas se han manado a imprimir”, argumentó.
El inciso b del artículo mencionado dice que: “No haber obtenido al menos el tres por ciento (3%) del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.
QUÉ DICE LA NORMA La Ley 026 de Régimen Electoral, en su artículo 108 establece que “únicamente podrán sustituirse (las candidaturas) por causas de renuncia, inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente e incapacidad total, acreditados fehacientemente ante el Tribunal Electoral”.
Además, precisa que las sustituciones de candidaturas por causas de renuncia podrán ser presentadas hasta 45 días antes de las elecciones y por la inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente e incapacidad tota hasta tres días antes del día de votación.
En caso de las renuncias de candidatos, la norma establece que “el Tribunal Electoral competente publicará, las candidaturas sustitutas, en los medios de comunicación social necesarios para garantizar su difusión adecuada”.
Por otro lado, también explica que, si las papeletas ya estuvieran impresas con el rostro y nombre del o la candidata que por fallecimiento, impedimento permanente o incapacidad total no puede continuar en carrera electoral, “la elección se realizará con ese material electoral, quedando notificado el electorado de la sustitución operada con la publicación oficial”.
Chuquimia, recordó en las anuladas elecciones del octubre de 2019, el TSE rechazó la renuncia de los candidatos a la Presidencia, sin embargo, esos políticos argumentaron que la renuncia es un derecho humano reconocido en el Pacto de San José de Costa Rica. Considera que el actual TSE emitirá un fallo en esa línea con respecto a la declinación de la candidatura de Áñez.
“Tenemos antecedentes de renuncias de candidatos a la Presidencia en las elecciones 2019 donde sí se ha presentado un poco de conflicto, ya que inicialmente las renuncias no fueron aceptadas, sin embargo, los candidatos renunciantes arguyeron que una renuncia es un derecho humano. Imagino que el TSE va fallar en esa línea, va aceptar la renuncia en el entendido de que es un derecho humano y está reconocido en el Pacto de San José de Costa Rica”, dijo.



