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Medio: El Deber
Fecha de la publicación: jueves 17 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Asamblea Legislativa Plurinacional
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“El Bono contra el Hambre fue promulgado por mi persona ya que se rechazaron las observaciones que hizo el Ejecutivo. Este saldrá de los créditos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial que suman 740 millones de dólares. Es un bono que espera la población boliviana porque muchos no pudieron salir a sus fuentes de empleos ni vender su mercadería”, dijo la presidenta del Senado.
El Ejecutivo había presentado sus observaciones a esta norma el 26 de agosto, la misma fue derivada a la Comisión Mixta de Planificación y Política Económica, cuyos componentes decidieron que las observaciones eran infundadas.
La Asamblea fue convocada el lunes, hoy sesionó y luego de aprobar el informe de la comisión, Copa procedió a la promulgación de la nueva Ley.
En el caso de la Ley que Regula los Efectos de la Censura de Ministros, el Ejecutivo no se pronunció luego de su sanción. Según el artículo 173 de la Constitución Política del Estado (CPE), existe un plazo de 10 días para que plantee observaciones y si no se pronuncia en este tiempo, puede promulgar el presidente del Senado. Las autoridades afirman que esta Ley está en consulta ante el TCP.
Juicio
El viceministro de Coordinación Gubernamental, Israel Alanoca, adelantó que la presidenta Copa se arriesga a ir a proceso penal porque no correspondía la promulgación de la norma. La misma tuvo una explicación desde el Ejecutivo con informes de los organismos financiadores como son el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
“Estamos analizando las acciones pertinentes, tenemos acciones constitucionales, por un lado, y por otro, acciones penales, porque se habría cometido el delito de malversación al promulgar esta ley del bono contra el hambre”, dijo Alanoca.
El viceministro de Economía, Gonzalo Quiroga, explicó que el Gobierno consultó a los dos organismos si esas operaciones de crédito podían ser utilizadas en el pago de los bonos que propone la Ley y que esas dos entidades negaron que se utilice de ese modo el dinero. Llevaron las cartas al Legislativo haciendo ver las limitaciones, pero de igual modo aprobaron la Ley.
Respecto de la Ley que Regula los Efectos de la Censura de Ministros, Alanoca dijo que la misma está en el TCP y que debía resolverse en ese ámbito y no correspondía la promulgación. Las autoridades iniciaron reuniones para contrarrestar estas dos normas.
Los errores
Los abogados constitucionalistas, Iván Lima y Carlos Böhrt explicaron, por separado, los errores los comete el Órgano Ejecutivo, porque las consultas previas de constitucionalidad corresponden a los proponentes de las leyes y no al Ejecutivo.
“Quien se está equivocando es el Ejecutivo, no debería consultar los proyectos porque no está legitimado. Lo que tiene que hacer el Gobierno, ahora que les han rechazado y en estricta aplicación del Código Procesal Constitucional, es presentar la acción abstracta de inconstitucionalidad de las leyes”, dijo el abogado Carlos Böhrt.
En tanto, su colega Iván Lima cuestionó el papel del ministerio de la Presidencia porque está incumpliendo la propia CPE y que le manda a publicar de manera inmediata todas las leyes que se están promulgando desde el Legislativo.
“No solamente es esta ley, hay más de 10 leyes que no se están publicando en la Gaceta, porque lamentablemente la máxima autoridad de la Gaceta Oficial y la cabeza de la institución es el ministro de la presidencia Yerko Núñez, han tomado una decisión política de no publicar las leyes, esto hay que decirlo que es un incumplimiento de deberes”, dijo Lima y admitió que puede provocar procesos administrativos y penales.



