Medio: El Deber
Fecha de la publicación: miércoles 09 de septiembre de 2020
Categoría: Órganos del poder público
Subcategoría: Tribunal Constitucional Plurinacional
Dirección Web: Visitar Sitio Web
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El TCP debe pronunciarse sobre la acción de inconstitucionalidad del artículo 136 de la Ley 26 de Régimen Electoral, referido a la atribución del Órgano Electoral de inhabilitar a los candidatos que difundan encuestas de intención de votos antes del plazo previsto.
El abogado del MAS, Wilfredo Chávez, presentó en el TCP una acción concreta y una acción abstracta de inconstitucionalidad en contra del artículo 136 de la Ley 026 de Régimen Electoral, que ordena la suspensión de la personería jurídica del partido que difunda encuestas.
El MAS apuesta a que el TCP demorará al menos tres meses en emitir una resolución, con ese antecedente, el fallo se conocería en octubre, después de las elecciones, entretanto el caso se encuentra en una incertidumbre.
Por otro lado, el 8 de agosto el TSE envió una consulta al TCP sobre la constitucionalidad del artículo 136 de la Ley del Órgano Electoral que le faculta cancelar la personería jurídica del partido político que difunda encuestas, tal como ocurrió en 2015 con la inhabilitación del entonces candidato a gobernador por Beni, Ernesto Suárez.
La polémica se generó el 14 de julio, cuando el candidato a presidente por el MAS, Luis Arce, comentó los resultados de unas encuestas que su partido realizó con miras a las elecciones generales.
El artículo 136 de la ley 026 de Régimen Electoral lo prohíbe y las alianzas políticas Juntos, Comunidad Ciudadana y Creemos solicitaron al TSE la inhabilitación de la candidatura del partido de Evo Morales.
Revisando la página web del TCP, estas acciones y consultas se mantienen en la Comisión de Admisión desde hace más de un mes y tampoco hay una instancia que informe sobre la situación de este trámite.